Quienes tengan que recuperar un vehículo enviado al corralón o remolcado por una grúa en Puebla, ya pueden consultar las tarifas máximas que podrán cobrar estos servicios. Los montos aplican para servicios de arrastre, salvamento y depósito vehicular.
La medida busca evitar cobros excesivos y dar certeza a los conductores sobre los costos autorizados para estos servicios. Los montos varían según el tipo de grúa utilizada, la distancia recorrida y las maniobras que requiera cada caso.
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¿Qué grúa le corresponde a tu vehículo?
El reglamento clasifica las grúas en cuatro tipos importantes ya se la grúa tipo pluma que está diseñada para arrastrar un solo vehículo, mientras que la tipo plataforma puede cargar y trasladar hasta cuatro unidades sobre su estructura.
- Tipo A (Vehículos ligeros): Para coches compactos, sedanes familiares y autos pequeños. Soporta de 1 a 2,500 kg.
- Tipo B (Vehículos medianos): Para camionetas de uso personal, SUVs grandes, vans o pick-ups comunes. Soporta de 2,501 a 4,500 kg.
- Tipo C (Vehículos pesados medianos): Para camiones comerciales pequeños, microbuses o camiones de mudanza ligera. Soporta de 4,501 a 8,500 kg.
- Tipo D (Vehículos de gran tonelaje): Para camiones pesados de carga, autobuses o trailers. Soporta de 8,501 a 26,000 kg.
Tarifas fijas por Infracción o Accidente
Si tu vehículo es retirado por una falta administrativa, una infracción de tránsito o un accidente vial, en un primer y segundo servicio, las tarifas fijas máximas autorizadas por el servicio completo de grúa son:
- Grúa Tipo A: $2,592.55 pesos
- Grúa Tipo B: $3,624.88 pesos
- Grúa Tipo C: $4,668.94 pesos
- Grúa Tipo D: $7,777.65 pesos
Tarifas por Hecho Delictivo y Maniobras de Salvamento
Cuando el vehículo se encuentra involucrado en un hecho delictivo, el tabulador oficial de arrastre y traslado cambia a montos más elevados:
- Grúa Tipo A: $7,261.49 pesos
- Grúa Tipo B: $9,326.15 pesos
- Grúa Tipo C: $10,370.20 pesos
- Grúa Tipo D: $15,555.31 pesos
Asimismo, si se requieren maniobras especiales de salvamento en el lugar del incidente, se aplicará un costo extra fijo según la grúa utilizada:
- Grúa Tipo A: $4,146.91 pesos
- Grúa Tipo B: $6,217.43 pesos
- Grúa Tipo C: $10,370.20 pesos
- Grúa Tipo D: $21,772.74 pesos
Esto cuesta tener un vehículo en el corralón de Puebla
En el caso del corralón, el cobro se realiza por día o fracción que pase dentro del lugar. Las tarifas máximas oficiales son:
- Bicicletas: $20.65 pesos
- Automóviles: $65.93 pesos
- Camionetas: $74.14 pesos
- Camiones: $146.64 pesos
- Convertidor: $76.25 pesos
- Tractores Agrícolas y Tractocamiones: $123.41 pesos
- Autobuses, Remolques y Semirremolques: $144.06 pesos
- Tractocamiones con semirremolque: $164.23 pesos
- Tractocamiones con doble semirremolque: $279.08 pesos
¿Dónde denunciar cobros excesivos o anomalías?
Las autoridades estatales recomiendan exigir siempre la boleta detallada del servicio antes de realizar cualquier pago. En caso de que un prestador de servicios de grúa o corralón intente cobrar una tarifa mayor a las aquí mostradas, el Gobierno de Puebla pone a disposición canales directos para reportar abusos de inmediato:
- Teléfono de atención: 2225 89 68 02
- Correo electrónico oficial: quejas.gruasydepositos@puebla.gob.mx
¿Por qué pueden llevarse tu auto al corralón en Puebla?
El Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla contempla diversas situaciones en las que las autoridades pueden retirar un vehículo de la circulación y trasladarlo a un depósito oficial. Entre las principales se encuentran:
- Conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas: El Artículo 42, Fracción I faculta a los agentes para retirar y enviar al corralón los vehículos cuyos conductores den positivo en pruebas de alcoholemia o presenten signos de intoxicación.
- Estacionarse en lugares prohibidos o bloquear infraestructura pública: De acuerdo con el Artículo 42, Fracción XII, las autoridades pueden ordenar el arrastre de vehículos que obstruyan banquetas, ciclovías, rampas para personas con discapacidad u otras áreas de uso público.
- Circular sin placas o documentación obligatoria: El Artículo 42, Fracción XXIII establece el retiro de unidades que circulen sin placas, tarjeta de circulación vigente o el permiso correspondiente.
Además de la infracción correspondiente, los propietarios deberán cubrir los costos de arrastre y, en su caso, las tarifas de depósito vehicular mientras la unidad permanezca en el corralón.
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