Cuando una persona es nombrada albacea, no solo recibe el “voto de confianza” de una familia, también obtiene la responsabilidad de administrar los bienes que forman parte de una herencia. Si entre ellos hay una casa, departamento o local que genera rentas, esos ingresos también deben formar parte de la administración de la sucesión.
El abogado especialista en derecho civil Everardo Maldonado Castillo explicó en un video compartido en sus redes sociales, qué puede ocurrir cuando un albacea cobra las rentas de un inmueble heredado y las oculta o deja fuera de las cuentas. Y es que por más simple que pueda parecer esta acción, lo cierto es que las consecuencias pueden llegar al terreno penal, más específicamente con una pena de hasta 12 años de cárcel.
Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos.
¿Por qué el albacea debe reportar las rentas?
En su video, Everardo Maldonado Castillo explica que uno de los errores que puede traer consecuencias para un albacea es cobrar las rentas de los inmuebles que forman parte de una herencia y no reportarlas a los demás interesados.
El abogado señala que esta conducta puede abrir tres frentes de responsabilidad:
- sucesorio, porque el albacea podría ser removido;
- civil, por los daños y perjuicios que cause;
- y penal, si lo ocurrido reúne los elementos de un delito.
La obligación de informar sobre estos recursos está respaldada por el Código Civil Federal. El artículo 1722 establece que el albacea debe rendir cada año una cuenta de su administración, mientras que el artículo 893 señala que las rentas de los inmuebles forman parte de los llamados frutos civiles de los bienes.
En otras palabras, si una casa, departamento o local de la herencia genera ingresos por alquiler, esos recursos forman parte de la administración de la sucesión y deben quedar registrados en las cuentas correspondientes.
¿Un albacea puede ir a la cárcel por ocultar las rentas?
En su explicación, Maldonado Castillo también advierte que el problema puede llegar al ámbito penal cuando el albacea oculta o retiene los ingresos de una herencia para beneficiarse y perjudicar a los demás interesados. Por ello menciona una pena que puede alcanzar los 12 años de prisión.
El artículo 388 del Código Penal Federal contempla el delito de administración fraudulenta para quien tenga a su cargo la administración o cuidado de bienes ajenos y, con ánimo de lucro, perjudique a su titular. Entre las conductas que contempla están ocultar o retener valores, emplearlos indebidamente o realizar operaciones perjudiciales para el patrimonio en beneficio propio o de un tercero.
Este artículo establece que las penas son las previstas para el delito de fraude. A su vez, el artículo 386 contempla sanciones que dependen del monto de lo defraudado y establece una pena de 3 a 12 años de prisión cuando el valor supera el límite señalado por la legislación.
Esto da sustento a la advertencia del abogado, aunque la pena máxima no significa que cualquier renta que un albacea deje de reportar se traduzca automáticamente en una condena de cárcel. Para que exista responsabilidad penal deben acreditarse los elementos que establece la ley.
¿Qué pasa si el albacea no rinde cuentas?
Maldonado Castillo también señala que el albacea tiene la obligación de rendir cuentas y que no hacerlo puede llevar a su remoción, además de generar otras responsabilidades.
El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares establece que quien administra los bienes de una herencia debe presentar una cuenta anual de su gestión. La misma legislación contempla la posibilidad de remover al administrador cuando incumple con esta obligación.
El tema también tuvo un cambio reciente. El 14 de noviembre de 2025 se publicó una reforma al artículo 1725 del Código Civil Federal que modificó las reglas para la aprobación de la cuenta de administración: ahora debe ser aprobada por todos los herederos. Si alguno no está de acuerdo, puede seguirse el procedimiento correspondiente para revisar la inconformidad.
Por todo lo anterior, cobrar una renta de la herencia y manejar ese dinero como si fuera propio no es un asunto menor: dependiendo de las circunstancias, puede generar consecuencias sucesorias, civiles y hasta penales.
adn Noticias. Te Hablamos con la verdad. Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.





