Llevar a un menor de edad en el asiento delantero del automóvil puede salir bastante caro en varias partes del país. Jalisco es uno de los estados que contempla sanciones económicas para quienes incumplen las reglas de seguridad infantil al conducir, con multas que pueden acercarse a los 3 mil pesos.
Sin embargo, esta no es una medida exclusiva de esa entidad. En Querétaro también existen restricciones para transportar a niñas y niños dentro de un vehículo, y quienes no las respeten pueden enfrentar tanto una multa económica de poco más de 2,300 pesos.
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¿Por qué no pueden viajar los niños en el asiento delantero?
Las restricciones no son una recomendación, sino una obligación prevista en la normativa de movilidad de ambos estados. En Jalisco, la prohibición aparece en el Artículo 364, fracción VII de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte, donde se establece que los menores de 12 años no pueden ocupar los asientos delanteros de un vehículo, salvo excepciones específicas.
En Querétaro, la regla está contemplada en el Artículo 74 del Reglamento de Movilidad y Tránsito del Municipio de Querétaro, dentro del Título XIV de las Disposiciones de Seguridad para la Conducción de Vehículos. La norma señala que los menores de 12 años o con una estatura menor a 1.45 metros deben viajar en los asientos traseros y utilizar sistemas de retención infantil adecuados a su edad, peso y talla.
La intención de ambas disposiciones es reducir el riesgo de lesiones graves durante un accidente. Las autoridades consideran que la zona delantera del vehículo representa un mayor peligro para niñas y niños debido a la fuerza de impacto de las bolsas de aire y a la cercanía con los puntos de colisión frontal.

¿Qué sanciones contempla Querétaro?
Quienes incumplan estas disposiciones pueden recibir una multa de entre 10 y 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Con el valor vigente de la UMA para 2026, la sanción económica va aproximadamente de 1,173 a 2,346 pesos.
La consecuencia no termina ahí. La infracción también implica la pérdida de tres puntos en la licencia de conducir, una medida que busca desincentivar conductas que ponen en riesgo a los pasajeros más vulnerables.
¿Existe alguna excepción a la regla en Jalisco y Querétaro?
De manera curiosa, existe una exención en ambos estados. Según la reglamentación en Jalisco y Querétaro, se contempla una situación particular para vehículos que no cuentan con asientos traseros. En esos casos, el menor puede ocupar la parte delantera, pero únicamente si se cumplen medidas adicionales de seguridad.
Entre ellas se encuentra el uso de un sistema de retención infantil adecuado y la correcta instalación del dispositivo. Además, debe existir espacio suficiente para colocarlo de forma segura y las bolsas de aire deben permanecer desactivadas.
En caso contrario, los menores deben viajar en la parte trasera del vehículo con todos los sistemas de seguridad necesarios como cinturón de seguridad y sillas especiales en el caso de bebés o menores que lo necesiten.
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