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Heriberto Michel Torres, abogado en Monterrey experto en derecho fiscal: “Si no pagas el predial, se genera un crédito fiscal y el municipio puede embargar y rematar tu casa”

Un adeudo de predial puede terminar en embargo si no se atiende a tiempo

La falta de pago del predial durante varios años puede hacer que una deuda aumente con recargos y, con el tiempo, generar consecuencias más serias.

A través de su cuenta oficial de TikTok, el abogado regiomontano Heriberto Michel Torres explicó que, si el adeudo continúa sin atenderse, el municipio puede iniciar un proceso de cobro que llegue al embargo e incluso al remate de la vivienda.

Sin embargo, esto no ocurre de un día para otro. Antes de llegar a ese punto, la autoridad debe requerir el pago y seguir un procedimiento.

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¿Qué pasa si dejas de pagar el predial?

Michel Torres explica que el predial es un impuesto municipal y, cuando no se paga, puede convertirse en una deuda de carácter fiscal.

Además del monto pendiente, el adeudo puede aumentar con otros cargos. Como señaló el abogado: “El municipio primero te puede generar adeudos, recargos y actualizaciones”.

A partir de ahí, si el propietario continúa sin pagar, el municipio puede pasar a una etapa de cobro más seria.

¿El municipio puede embargar una casa por el predial?

El artículo 21 Bis-14 de la Ley de Hacienda para los Municipios de Nuevo León permite a la autoridad cobrar el predial y sus accesorios mediante un procedimiento que puede afectar directamente al inmueble.

Aun así, el embargo no es automático. El artículo 146 del Código Fiscal de Nuevo León establece primero un requerimiento de pago y, si la deuda continúa sin cubrirse, permite embargar bienes suficientes para garantizar el adeudo.

Es decir, el municipio no puede llegar simplemente a quitar una vivienda por tener un pago atrasado: antes debe seguir el proceso establecido en la ley.

¿La casa es lo primero que pueden embargar?

El artículo 150 del Código Fiscal de Nuevo León marca un orden de bienes que pueden señalarse durante la diligencia:

  • Dinero, metales preciosos y depósitos bancarios
  • Acciones, bonos y otros valores o créditos de fácil cobro
  • Bienes muebles
  • Bienes inmuebles

Por lo tanto, una vivienda sí puede quedar involucrada en el procedimiento, aunque aparece después de otros tipos de bienes dentro de ese orden.

¿Una casa embargada puede llegar a remate?

El embargo tampoco significa que el inmueble se venda inmediatamente. Antes deben cumplirse otras etapas y, de acuerdo con el artículo 167 del Código Fiscal de Nuevo León, solo bajo determinados supuestos puede comenzar el remate de los bienes embargados.

Por eso, Michel Torres insiste en que “no pagar el predial no hace que pierdas tu casa al día siguiente”. El riesgo aparece cuando la deuda permanece sin atenderse y el proceso de cobro continúa avanzando.

Y no se trata únicamente de una posibilidad prevista en la ley. En diciembre de 2025, el municipio de Santa Catarina informó que había embargado 44 predios de empresas con adeudos de predial mayores a dos años, después de realizar las notificaciones correspondientes.

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