El Congreso de Jalisco confirma que el Artículo 140 de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco endurece las sanciones contra quien conduzca bajo los efectos del alcohol o enervantes. La norma golpea directo a los automovilistas que operen transporte escolar, unidades de emergencia o transporte público y provoquen un siniestro vial en territorio jalisciense.
Además, el Artículo 377, numeral 1, de la misma ley estatal refuerza esta sanción y ordena la cancelación definitiva de la licencia a quien provoque un accidente vial bajo las mismas circunstancias.
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¿Qué automovilistas pierden la licencia de conducir en Jalisco por el Artículo 140?
La Secretaría de Movilidad de Jalisco (Semovi) señala que la sanción no distingue entre transportistas privados o públicos que operen en el estado. Cualquier automovilista de seis categorías que provoquen un siniestro vial bajo estas condiciones enfrenta la cancelación definitiva de su licencia, sin trámite abreviado de por medio.
El Artículo 140 de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco aplica a seis categorías de conductores en Jalisco:
- Transporte de materiales peligrosos
- Transporte escolar
- Transporte de personal
- Vehículos de seguridad o emergencia
- Tansporte de personas pasajeras
- Transporte público.
La ley exige que el siniestro vial ocurra mientras el conductor circula bajo los efectos del alcohol o de enervantes para que proceda la cancelación.
La Fiscalía de Jalisco integra la carpeta de investigación correspondiente cuando ocurre un siniestro vial de este tipo en la entidad. El Artículo 377 refuerza la sanción desde el capítulo de infracciones y ordena la cancelación definitiva de la licencia de conducir a la persona responsable.

¿Qué pasa si un automovilista ya perdió la licencia en Jalisco por esta infracción?
El Congreso de Jalisco enmarca esta disposición dentro de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco. La cancelación definitiva impide cualquier trámite de reposición inmediata ante la Semovi, a diferencia de lo que ocurre con una suspensión temporal.
Los automovilistas que operen transporte escolar, transporte de personal o transporte público enfrentan un proceso administrativo distinto al de un conductor particular. La autoridad estatal revisa cada expediente de forma individual antes de resolver sobre la licencia cancelada.
La recomendación de las autoridades de Jalisco es evitar conducir bajo el influjo del alcohol o de enervantes en cualquiera de las seis categorías que marca el Artículo 140. La prevención es la única vía para no perder la licencia de forma definitiva y sin marcha atrás.
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