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Confirmado en CDMX: multarán con hasta 20 UMAs a todos los conductores que usen esto en su auto

Hay una modificación que miles de automovilistas en Ciudad de México instalan sin saber que viola el Reglamento de Tránsito, y las autoridades ya tienen la facultad de sancionarla con una multa considerable.

Muchos conductores personalizan su vehículo con accesorios que parecen inofensivos, pero el Reglamento de Tránsito de CDMX los prohíbe de forma explícita. La norma aplica tanto para quien ya los instaló como para quien circule con ellos, sin importar si el vehículo es nuevo o antiguo.

No se trata de una modificación mecánica ni de papeles vencidos. El problema está en la iluminación: ciertos tipos de luces exteriores que se venden libremente en tiendas de accesorios automotrices son ilegales en CDMX y pueden costarte una sanción que no esperabas.

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¿Qué luces prohíbe el Reglamento de Tránsito en Ciudad de México?

El artículo 43, fracción II y fracción III del Reglamento de Tránsito de Ciudad de México establece que ningún vehículo motorizado puede circular con faros deslumbrantes que incumplan las Normas Oficiales Mexicanas y pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones. Esto incluye barras de LED sobre el parabrisas, luces estroboscópicas y paneles que simulan efectos visuales en la carrocería.

La misma norma prohíbe, en su fracción III, las luces de neón en cualquier parte del automóvil, así como los portaplacas que obstruyan la visibilidad de la matrícula y las micas, láminas transparentes u obscuras que cubran las placas. Estos accesorios, populares por su estética, son incompatibles con la regulación vigente en la capital.

Todo vehículo comercializado en México ya cumple con las normativas oficiales en materia de iluminación exterior: color, intensidad, número de unidades y funcionamiento. Agregar elementos fuera de esa especificación de fábrica convierte al conductor en infractor desde el momento en que sale a circular.

Así puedes dejar los faros grises y oscuros como nuevos
Así puedes dejar los faros grises y oscuros como nuevos Luces de neón y faros deslumbrantes en autos: multa de hasta 20 UMAs ($2,346 pesos) en CDMX (Getty Images)

¿Cuánto es la multa por luces prohibidas en CDMX?

El incumplimiento del artículo 43 del Reglamento de Tránsito capitalino se sanciona con una multa de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Con el valor de la UMA 2026 fijado en $117.31 pesos, eso equivale a $1,173, $1,759 o $2,346 pesos, según el criterio del agente de tránsito al momento de la infracción.

La sanción aplica tanto para faros deslumbrantes que no cumplan las Normas Oficiales Mexicanas como para luces de neón, portaplacas que tapen la matrícula o cualquier lámina sobre las placas del vehículo. No existe distinción entre quien instaló el accesorio hace tiempo y quien lo acaba de poner: la infracción se configura en el momento de la circulación.

Retirar el accesorio antes de salir a la calle es la única forma de evitar la multa. Si ya tienes instalado alguno de estos elementos, el momento de actuar es antes de encender el motor, no después de que un agente de tránsito te detenga en cualquier vialidad de Ciudad de México.

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