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Es oficial: jubilados de Querétaro y demás estados de México deben hacer sí o sí este trámite

Un descuido en los datos fiscales puede avanzar a revisión, pero aún hay forma de corregirlo ante el SAT

Para los adultos mayores de Querétaro y el resto del país que reciben una pensión o jubilación, este ingreso no siempre los deja fuera del radar del SAT. Y es que la autoridad fiscal puede colocar la “lupa” sobre ellos a través de un proceso elemental para todo contribuyente: la rectificación de la situación fiscal.

Este proceso permite corregir inconsistencias antes de que el procedimiento avance y derive en posibles multas.

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¿Por que un jubilado puede tener problemas con el SAT?

Aunque las pensiones cuentan con beneficios fiscales y, en algunos casos, pueden estar exentas de impuestos hasta ciertos límites, esto no significa que los jubilados queden libres de cualquier obligación ante el SAT. Si existen errores en la información registrada o alguna inconsistencia en sus declaraciones, la autoridad puede solicitar aclaraciones.

Por ejemplo, una persona jubilada que además recibe ingresos por rentar una vivienda, trabaja de forma independiente o detecta errores en los montos reportados por su pensión, podría necesitar aclarar o corregir información ante el SAT.

¿Qué trámite deben hacer los jubilados ante el SAT?

Si una persona jubilada recibe un aviso del SAT por alguna inconsistencia, lo primero que puede hacer es revisar y corregir su información. Esto incluye errores en ingresos reportados, impuestos retenidos o declaraciones presentadas.

La ley permite realizar estas correcciones mientras el SAT revisa el caso, siempre que aún no exista una resolución definitiva.

Para solucionar el problema, se puede presentar una nueva declaración o corregir una ya enviada mediante una declaración complementaria.

¿Qué derechos tienen los adultos mayores en una revisión?

Si una persona jubilada o pensionada es objeto de una revisión, el SAT debe informarle sus derechos y obligaciones desde el inicio. Esto le permite conocer qué documentos puede presentar y en qué momento puede corregir su situación fiscal.

Entre los principales derechos se encuentran:

  • Recibir información clara sobre el motivo de la revisión
  • Recibir la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado
  • Corregir su situación fiscal mediante una declaración normal o complementaria
  • Entregar documentación para aclarar o corregir inconsistencias.
  • Solicitar orientación sobre el procedimiento

Además, el artículo 5, fracción II, inciso c, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores establece que este sector tiene derecho a recibir asesoría jurídica gratuita en procedimientos administrativos o judiciales, así como representación legal cuando sea necesaria.

En algunos casos, el SAT también puede ejercer facultades de comprobación más amplias, incluyendo visitas domiciliarias. Sin embargo, estas no se realizan de manera automática ni exclusiva para jubilados o pensionados, y deben cumplir requisitos legales, informar el motivo de la revisión y respetar los derechos del contribuyente.

¿Qué revisar antes de rectificar la situación fiscal?

Antes de presentar una corrección, conviene verificar que los datos personales y fiscales coincidan con la información registrada ante el SAT. Esto ayuda a evitar errores adicionales o nuevas aclaraciones.

Los documentos y datos que pueden revisarse son:

  • Constancia de Situación Fiscal.
  • RFC y domicilio fiscal.
  • Régimen fiscal registrado.
  • Ingresos por pensión o jubilación.
  • Retenciones de ISR.
  • CFDI de nómina o comprobantes emitidos.
  • Declaraciones anuales o complementarias.

¿Qué pasa si no se corrige una inconsistencia fiscal?

Si el contribuyente no corrige su situación fiscal, la autoridad puede continuar con la revisión y determinar contribuciones omitidas. En caso de existir un adeudo, el SAT permite solicitar facilidades de pago, ya sea mediante parcialidades de hasta 36 meses o pagos diferidos de hasta 12 meses.

La autoridad también cuenta con un plazo máximo de seis meses para emitir una resolución durante una revisión. Si no lo hace dentro de ese periodo, no puede determinar un crédito fiscal por los hechos y periodos revisados.

Además, si la inconsistencia no se atiende, pueden aplicarse multas. La Ley Federal de los Derechos del Contribuyente contempla reducciones en las sanciones cuando el contribuyente corrige su situación y realiza el pago correspondiente dentro de los plazos establecidos.

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