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Últimos días: ¿Qué pasa si no presento mi Declaración Anual antes del 30 de abril?

No presentar la Declaración Anual ante el SAT antes del 30 de abril provoca múltiples problemas que no te imaginas; en adn Noticias te tenemos todos los detalles.

No presentar la Declaración Anual en tiempo y forma te genera múltiples problemas económicos. | Kathrin Ziegler/Getty Images

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no presentar tu Declaración Anual antes del 30 de abril provoca multas económicas que van desde los 1,800 hasta los 34,700 pesos.

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Aunado a esto, se generan recargos por intereses, actualizaciones de pago por la inflación y hasta la suspensión de tu Certificado de Sello Digital, lo que te impide emitir facturas.

Asimismo, los contribuyentes pierden la opción de solicitar la devolución automática y tu saldo a favor se pierde.

Por último, pero no menos importante, omitir este proceso puede afectar la opinión de cumplimiento ante el SAT.

¿Qué hacer si no la presentaste?

Según el SAT, en caso de que se te pase la fecha, puedes presentarla fuera del plazo de manera extemporánea, esto te ayudará a evitar multas, y se debe hacer antes de que la institución te envíe un requerimiento.

Afortunadamente para los contribuyentes, se amplió el horario de atención para presentar la Declaración Anual 2026, del 22 al 30 de abril, operarán desde las 9:00 hasta las 18:00 horas, de lunes a viernes, en las 169 oficinas que hay en territorio nacional.

Esto con el fin de apoyar a las y los contribuyentes en la presentación del trámite.

Recuerda que debes solicitar tu cita en el siguiente enlace: Citas para presentar la Declaración Anual ante el SAT.

Sin embargo, la institución insistió que lo ideal es presentarla antes del 30 de abril para evitar multas o sanciones.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?

El SAT recalcó el tipo de contribuyentes que debe presentar este trámite, y son:

  • Asalariados con ingresos mayores a los 400,000 pesos anuales o con más de dos patrones
  • Personas con actividades empresariales y profesionales
  • Personas que renten bienes inmuebles
  • Personas que generen sus ingresos a través de aplicaciones como Uber, Didi, Rappi, Airbnb, Amazon, Mercado Libre, etc.
  • Personas en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico)
  • Jubilados, pensionados, liquidados e indemnizados laborales con intereses reales superiores a los 20,000 pesos
  • Quienes solicitaron préstamos, donativos o premios mayores a los 600,000 pesos

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