La Norma Oficial Mexicana NOM-225-SCFI-2019 establece las especificaciones mínimas de seguridad y los métodos de prueba para los utensilios con recubrimiento antiadherente que se comercializan en México, destinados a cocinar, freír y calentar alimentos.
La norma aplica a fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de este tipo de productos en territorio mexicano. Esto es lo que dice sobre el tipo de acero prohibido en una batería de cocina, y por qué esa restricción existe.
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¿Qué materiales están permitidos en ollas y sartenes según la norma?
De acuerdo con la NOM-225-SCFI-2019, los utensilios con recubrimiento antiadherente pueden fabricarse con distintos materiales base, entre ellos aluminio, acero, acero inoxidable, hierro, cerámica, vidrio, o cualquier material derivado de los anteriores siempre y cuando “no contamine o coloree los alimentos”.
En el caso del acero, la norma permite su uso siempre que cuente con un recubrimiento porcelanizado u otro equivalente que cumpla con las especificaciones de la propia norma.

¿Qué tipo de acero está prohibido en utensilios de cocina?
La norma subraya que no deben utilizarse como material base la hojalata, la lámina de acero galvanizada, ni la lámina de acero con recubrimiento de 55% aluminio-cinc, entre otros materiales que resulten incompatibles con el uso final de los utensilios o que puedan representar un riesgo para quien los utiliza.
A través de esta normativa se busca garantizar que los productos que se comercializan en México cumplan los requisitos necesarios para asegurar una protección efectiva al consumidor. Cada olla o sartén con antiadherente que se vende en el país debe respetar estos límites de materiales antes de llegar a las cocinas.
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