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La curiosa diferencia en la multa por invadir el cruce de cebra con el auto en CDMX y Edomex

Dos estados vecinos, una misma infracción y una brecha económica que pocos conductores conocen: lo que cuesta detener el auto sobre la cebra peatonal cambia radicalmente según el lugar donde te detengas.

Cruzar la línea del paso peatonal puede salir muy caro, pero la cifra exacta depende de dónde te atrape el agente de tránsito. En la zona metropolitana conviven dos reglamentos distintos que aplican sanciones completamente diferentes por la misma conducta: obstruir el cruce de cebra con el vehículo.

Muchos conductores desconocen que circular entre CDMX y el Estado de México implica cambiar de marco legal. La diferencia entre ambas multas no es menor: puede significar varios cientos de pesos más o menos en tu bolsillo, y en algunos casos también puntos a tu licencia o matrícula.

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¿Cuánto te multan por invadir el cruce peatonal en CDMX?

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México establece en su Artículo 11, fracción I la prohibición expresa de “detener su vehículo invadiendo los cruces peatonales marcados en el pavimento, así como dentro de la intersección de vías”. La sanción es de 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

Con la UMA 2026 en $117.31 pesos, eso equivale a un rango de $2,346.20 a $3,519.30 pesos. Además, la infracción suma tres puntos a la licencia de conducir; si la autoridad la capta mediante sistemas tecnológicos, el cargo es de un punto a la matrícula vehicular.

La capital aplica así una de las sanciones más altas de la zona metropolitana para esta infracción. El rango de multa refleja la discrecionalidad del agente de tránsito al momento de calificar la gravedad de la obstrucción.

La diferencia entre ambas multas puede superar los $2,900 pesos según el reglamento que aplique.

¿Y en el Estado de México la multa por bloquear la cebra es menor?

En el Estado de México, el Reglamento de Tránsito del Estado de México contempla en su Artículo 90, fracción XXIII la obligación de “abstenerse de obstaculizar los pasos destinados para personas peatonas y la ciclovía”. La multa oscila entre 3 y 5 UMA, es decir, de $351.93 a $586.55 pesos.

La brecha con CDMX es notable: la sanción mexiquense representa apenas el 15% del tope máximo capitalino. Para el conductor que circula cotidianamente entre ambas entidades, la diferencia puede llegar a más de $2,900 pesos dependiendo del lado de la frontera donde lo detengan.

Conocer cuál reglamento aplica en cada tramo de tu ruta no es un detalle menor: es dinero real. Antes de detenerte sobre o cerca de una cebra peatonal, verifica si estás en jurisdicción de CDMX o del Estado de México.

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