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Querétaro: ¿Qué pasa si no dejas pasar a otro conductor en la carretera, según la ley?

Una regla del reglamento estatal define con precisión qué debe hacer un automovilista cuando otro vehículo busca adelantarlo, y no cumplirla tiene un costo directo en la licencia y en la cartera.

El Reglamento de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro contempla una obligación puntual para quien maneja en tramos de alta velocidad: ceder el espacio cuando otro vehículo intenta adelantarlo. La norma señala que no dejar pasar a otro conductor configura una infracción con sanción económica y pérdida de puntos en la licencia.

Esta regla busca reducir el riesgo de choques en las vías estatales y aplica de manera directa a quienes circulan por la carretera de Querétaro. El fundamento legal se ubica en el artículo 47, fracción VII del Reglamento de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro, en el que obliga a los conductores a “alinearse a la derecha y reducir la velocidad cuando otro vehículo intente adelantarlo”.

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¿Qué dice el Reglamento de Tránsito de Querétaro sobre el rebase en carretera?

El Reglamento de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro clasifica las vías en primarias, secundarias y terciarias, y aplica en toda vialidad de competencia estatal, conforme al artículo 72 del mismo ordenamiento. Esta distinción resulta clave porque el artículo 47 forma parte del capítulo que regula las obligaciones de los conductores en cualquier tipo de vía, incluidas las carreteras estatales..

La misma disposición forma parte de un bloque más amplio de reglas sobre el uso de carriles y el rebase seguro. El artículo 47 también obliga a los conductores a rebasar únicamente por el lado izquierdo y a mantener una distancia razonable con el vehículo de enfrente.

Estas reglas conviven con la obligación de alinearse a la derecha cuando otro conductor busca adelantar, lo que en conjunto reduce las probabilidades de un choque por alcance en tramos de alta velocidad.

Multas por exceso de velocidad en Querétaro 2026
La multa suma entre 5 y 10 veces la UMA más un punto en licencia. (ilustrativa)

El mismo artículo 47 establece otras obligaciones para conductores de vehículos motorizados, como respetar la señalización vial y mantener la distancia necesaria para frenar sin riesgo.

¿Cuánto es la multa por no dejar pasar a otro conductor en Querétaro?

La multa por incumplir el artículo 47, fracción VII equivale a un rango de 5 a 10 veces la UMA vigente, lo que en pesos representa entre $586.55 y $1,173.10. El monto exacto lo determina el agente de tránsito al momento de levantar la boleta, y depende de la gravedad de la conducta observada en el lugar de los hechos. A la sanción económica se suma un punto de penalización en la licencia, que se acumula en el Registro Estatal de Conductores.

Los puntos de penalización tienen relevancia porque se acumulan en el expediente del conductor dentro del Registro Estatal de Tránsito, de acuerdo con el artículo 24 del mismo Reglamento. Una acumulación reiterada puede derivar en procedimientos administrativos adicionales para el conductor, según lo establece la autoridad estatal.

Los conductores que reciben una boleta por esta infracción conservan el derecho de revisar el fundamento jurídico anotado en el documento, tal como lo exige el artículo 7 del Reglamento. Este documento debe incluir la fecha, hora y lugar exactos de los hechos, así como el nombre y número de identificación del personal operativo que levantó la sanción.

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