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Es ley en las carreteras de Guanajuato: esto es obligatorio si otro auto te avisa que va a rebasarte

Un simple movimiento de manos o una luz intermitente en una carretera de Guanajuato puede cambiar por completo lo que debes hacer al volante. La ley estatal marca una respuesta exacta para el conductor que va adelante, y muchos automovilistas todavía no la conocen.

En las carreteras de Guanajuato, la maniobra de rebasar exige una conducta precisa de parte de los dos conductores implicados. El Reglamento de Tránsito de Guanajuato regula, en su Artículo 82, la respuesta que corresponde al conductor rebasado cuando otro vehículo anuncia el rebase de vehículos con la luz direccional o con el brazo. La disposición busca ordenar la circulación en carreteras de doble sentido y reducir los choques por alcance entre unidades que comparten un mismo carril.

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¿Qué dice el Artículo 82 del Reglamento de Tránsito de Guanajuato sobre el rebase de otro vehículo?

El texto legal fija un procedimiento claro para el conductor que decide rebasar por el carril izquierdo en una vía de doble circulación. Antes de iniciar la maniobra, debe verificar que ningún vehículo detrás inicie el mismo movimiento y anunciar su intención con la luz direccional o con el brazo. Una vez hecha la señal, el conductor rebasado tiene la obligación legal de mantenerse en su carril y evitar acelerar mientras la maniobra se completa.

La norma también fija límites para quien rebasa: la reincorporación al carril derecho ocurre lo más rápido posible, una vez que existe una distancia suficiente para no obstruir al vehículo rebasado. El Artículo 83 del mismo ordenamiento complementa esta regla al prohibir el rebase en curvas, cerca de cimas, a menos de 50 metros de un crucero o de un paso de ferrocarril, y en tramos con línea continua en el pavimento.

Estas disposiciones se aplican en las carreteras y caminos de jurisdicción estatal en Guanajuato, donde circulan a diario vehículos particulares, de carga y de transporte público. La Dirección General de Tránsito y Transporte del Estado clasifica estas vías según su función, un factor que también incide en la velocidad máxima permitida y en las maniobras que un conductor realiza con seguridad.

Rebasar auto El Artículo 82 marca lo que debe hacer el conductor rebasado en carretera. (Imagen generada con IA)

El propósito de la regla no se limita a sancionar: busca generar un hábito de comunicación entre conductores en el momento exacto del rebase, una maniobra que las estadísticas de tránsito ubican entre las causas frecuentes de choques por alcance o colisiones laterales en carretera.

¿Cuánto cuesta en Guanajuato no anunciar el rebase?

El tabulador de sanciones del Reglamento de Tránsito de Guanajuato contempla una multa de $1,173.10 a $1,759.65 pesos (10 a 15 UMA) para el conductor que rebasa sin anunciarse con las direccionales o con señales del brazo izquierdo, según el Artículo 82. Esta conversión se calcula con el valor de la UMA 2026, fijado en $117.31 pesos.

El mismo tabulador incluye otras faltas relacionadas con el rebase: hacerlo en zona no autorizada cuesta también entre $1,173.10 y $1,759.65 pesos, mientras que rebasar cerca de la cima de una pendiente o en curva eleva la sanción a $2,932.75 pesos como mínimo, hasta un tope de $4,105.85 pesos (25 a 35 UMA).

Por último, rebasar en un crucero o sobre una línea continua en el pavimento cuesta entre $2,346.20 y $3,519.30 pesos (20 a 30 UMA), según el tipo de infracción.

Las autoridades de tránsito guanajuatenses aplican estas multas de forma directa cuando detectan la infracción en el momento, aunque el conductor también recibe la boleta si el oficial no lo encuentra presente en el sitio. El pago de la sanción y, en su caso, la retención de placas o tarjeta de circulación siguen el procedimiento que marca el propio reglamento estatal.

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