Skip to main content

Lo dice la ley en Nuevo León: mayores de 70 años pueden dejar de pagar predial de por vida por este motivo

El beneficio permite posponer el pago del impuesto bajo ciertas condiciones y hasta que la propiedad sea transmitida

Esta es la fecha límite para pagar el predial en Aguascalientes; te decimos dónde pagarlo Uno de los requisitos para obtener este beneficio es no tener más de una propiedad o posesión de inmueble en Nuevo León. (ESPECIAL)

Llegar a los 70 años puede traer un beneficio poco conocido para algunos propietarios de viviendas en Nuevo León: la posibilidad de dejar de pagar cada año el impuesto predial mientras conservan su casa, siempre que cumplan con las condiciones que marca la ley.

La opción está prevista en la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León y permite que el pago del impuesto se aplace hasta que la propiedad cambie de dueño. Para acceder, no basta con tener más de 70 años: el interesado debe cumplir una serie de requisitos y solicitar el beneficio ante la Tesorería Municipal.

Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio del predial?

El artículo 21 Bis-12-A de la legislación estatal señala que las personas físicas mayores de 70 años pueden optar por diferir el pago del predial correspondiente a su vivienda hasta el momento en que se transmita la propiedad.

La medida está pensada para quienes tienen su casa como vivienda y cumplen con determinadas condiciones económicas y patrimoniales. Por eso, antes de solicitarla es importante revisar si se reúnen todos los requisitos.

Entre las condiciones que establece la ley están:

  • Ser mayor de 70 años
  • No tener en propiedad o posesión otro inmueble en Nuevo León
  • Que los ingresos mensuales no excedan de cuatro cuotas elevadas al mes
  • Que el inmueble sea la vivienda del contribuyente
  • Presentar la solicitud ante la Tesorería Municipal correspondiente
  • Acreditar que la vivienda se utiliza como casa del contribuyente y, en su caso, de su familia

Para las personas casadas también existen condiciones relacionadas con la propiedad o posesión de otros inmuebles dentro del estado.

Mujer adulta mayor mostrando el pago de su impuesto predial en Ahome
Un alivio a las finanzas de adultos mayores. La disposición también aclara que el pago no se suspende, solo se pospone. (Foto: Alcaldía de Ahome)

¿Qué pasa con el predial mientras se difiere el pago?

Si la persona cumple con las condiciones y obtiene este beneficio, puede dejar de cubrir el predial cada año mientras conserve la propiedad bajo los términos establecidos por la ley.

Pese a lo anterior, es importante aclarar que el impuesto no desaparece. Lo que hace este mecanismo es posponer el momento de pago hasta que la vivienda sea transmitida.

La propia legislación contempla que el impuesto se actualice desde el momento en que debió pagarse y hasta la fecha en que se transmita la propiedad. Así, el monto pendiente no queda congelado durante todos esos años.

La transmisión de la propiedad puede darse, por ejemplo, mediante una venta, una donación o una sucesión. Es entonces cuando deberá cubrirse el impuesto pendiente conforme a las disposiciones fiscales correspondientes.

En otras palabras, para quien cumple los requisitos, el beneficio puede significar no tener que desembolsar cada año el predial de su vivienda, pero no implica que la deuda acumulada sea perdonada.

¿Cómo se solicita y qué pasa si dejan de cumplirse los requisitos?

Este beneficio no se activa de manera automática al cumplir 70 años. La persona interesada debe solicitarlo ante la Tesorería Municipal que corresponda a la ubicación de su vivienda y demostrar que cumple con las condiciones establecidas.

La disposición forma parte de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, por lo que su fundamento es estatal y no depende de que cada ayuntamiento tenga que aprobarlo por separado. El trámite, eso sí, se realiza ante la Tesorería del municipio correspondiente.

También es posible cancelar la opción si el contribuyente así lo solicita. Además, si la autoridad municipal detecta que alguno de los requisitos dejó de cumplirse, puede cancelar el beneficio y proceder con el cobro correspondiente conforme a las disposiciones fiscales.

Por eso, además de cumplir con la edad y las condiciones al momento de solicitarlo, es necesario conservar los requisitos que establece la ley mientras se mantiene esta opción.

¿El beneficio podría ampliarse a personas mayores de 60 años?

La edad podría cambiar en el futuro. En 2026, el Congreso de Nuevo León recibió una iniciativa que plantea modificar varios artículos de la Ley de Hacienda para los Municipios, entre ellos el 21 Bis-12-A, para establecer un esquema especial de impuesto predial dirigido a personas mayores de 60 años.

La propuesta fue turnada a la Comisión de Presupuesto el 15 de abril de 2026. Sin embargo, se trata de una iniciativa y no de una reforma vigente, por lo que la disposición actual para diferir el pago continúa dirigida a personas mayores de 70 años que cumplan con los requisitos.

Así que, por ahora, las personas mayores de 70 años que cumplan con las condiciones pueden solicitar esta opción ante su Tesorería Municipal y aplazar el pago del predial de su vivienda hasta que la propiedad sea transmitida.

adn Noticias. Te Hablamos con la verdad. Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a adn Noticias en Google News!

LO MÁS VISTO