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Rafael Hurtado, contador público especializado en seguridad social: “Los hijos de un asegurado que muere, pueden cobrar una pensión por orfandad hasta los 25 años”

El apoyo mensual garantiza el sustento de los menores de edad y jóvenes estudiantes.

Pensión por orfandad IMSS La pensión por orfandad garantiza el sustento de los menores de edad y jóvenes estudiantes. (Getty Images)

El contador público Rafael Hurtado aclara que los hijos de un trabajador o pensionado fallecido pueden cobrar una pensión por orfandad del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hasta los 25 años, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales.

El especialista en seguridad social enfatiza que el beneficio económico protege a los dependientes directos registrados en el régimen obligatorio o en la Modalidad 40. El apoyo mensual garantiza el sustento de los menores de edad y jóvenes estudiantes, otorgándoles prioridad sobre los recursos acumulados en la Afore para evitar la desprotección familiar.

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¿Cuáles son los requisitos de edad y estudios para cobrar la pensión por orfandad del Seguro Social?

El IMSS otorga la pensión por orfandad respaldada en la cotización del ramo de vida, el cual abarca tanto el empleo formal con patrón como el pago voluntario en la Modalidad 40. Para acceder a este ingreso mensual, los hijos deben acreditar ser menores de edad o sus estudios académicos para los mayores de 16 años::

  • Menores de 16 años: reciben el pago de forma directa acreditando únicamente el parentesco con el asegurado o pensionado fallecido.
  • Jóvenes de 16 a 25 años: mantienen el cobro mensual si comprueban estar estudiando en instituciones del sistema educativo nacional.
  • Hijos con incapacidad: conservan el derecho a la pensión sin límite de edad si presentan una invalidez física o facultad mental evaluada por el personal médico del instituto.

¿Cuál es el orden de prioridad de los beneficiarios legales ante el Seguro Social y a dónde van los fondos de la AFORE?

La Ley del Seguro Social establece un orden jerárquico estricto para la asignación de recursos por fallecimiento. Las pensiones no se otorgan por elección libre del asegurado, asignando el primer nivel de prioridad al cónyuge, concubina o concubino —incluyendo matrimonios del mismo sexo— y a los hijos huérfanos. Los padres del trabajador sólo acceden a una pensión de ascendencia si no existen beneficiarios de primera línea.

Los recursos acumulados en la cuenta individual de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro financian prioritariamente las pensiones de los dependientes directos. Si existen huérfanos o viudas con derecho, el capital se destina al pago del beneficio. Únicamente en ausencia de beneficiarios legales, o cuando estos no cumplen los requisitos, la administradora entrega los fondos a los beneficiarios designados en el contrato.

¿Qué pasa con el dinero aportado a la Modalidad 40 si el asegurado fallece durante el proceso?

Invertir en la Modalidad 40 mantiene vigentes las prestaciones del seguro de invalidez y vida ante el IMSS. Si el titular fallece durante el periodo de aportaciones, el dinero invertido no se pierde, pues se transforma en una pensión por orfandad o viudez calculada con el salario promedio registrado.

Actualizar el estado civil y la documentación personal ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro agiliza la entrega de las prestaciones. Mantener los registros en orden evita controversias familiares y asegura el sustento de los dependientes.

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