El contador público Rafael Hurtado aclara que las personas que cobran una pensión por viudez mantienen intacto su derecho a solicitar su propia pensión por vejez o cesantía en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El especialista en seguridad social explica en su canal de YouTube que ambas prestaciones derivan de orígenes jurídicos distintos. La negativa que emite el personal en algunas subdelegaciones del IMSS no se corresponde con lo que afirma la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre los derechos de una persona trabajadora, quien puede recibir simultáneamente ambos ingresos mensuales.
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¿Por qué cobrar la pensión de viudez no anula el derecho a la pensión de vejez en México?
El especialista en pensiones Rafael Hurtado detalla que la pensión por viudez proviene de los años trabajados y las aportaciones acumuladas por el cónyuge o concubino fallecido. Por el contrario, la pensión por vejez o cesantía en edad avanzada nace de las cotizaciones propias acumuladas por la persona asegurada a lo largo de su vida laboral activa.
Reclamar la jubilación propia es un derecho individual que el Instituto Mexicano del Seguro Social debe otorgar independientemente del estado civil o de los beneficios recibidos por fallecimiento. Las claves para entender la naturaleza de cada prestación son las siguientes. La existencia de un pago mensual por viudez no cancela ni reduce el cálculo de la jubilación personal.

¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre la compatibilidad de pensiones por viudez, vejez y trabajo activo?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que condicionar o cancelar el cobro de la pensión por viudez frente al trabajo activo o a la obtención de una pensión por vejez resulta inconstitucional. A través de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 15/2025 emitida ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el máximo tribunal eliminó la prohibición que obligaba a los beneficiarios a elegir entre un empleo remunerado o la pensión dejada por su pareja.
Esta resolución fijó criterios definitivos para la compatibilidad de los pagos en los sistemas de seguridad social:
- Compatibilidad de jubilación y viudez: la pensión por vejez es totalmente acumulable con la de viudez, orfandad, ascendencia o riesgos de trabajo.
- Trabajo activo protegido: laborar de manera formal no suspende ni invalida el cobro de la pensión por viudez legalmente generada.
- Límite entre prestaciones iguales: la pensión por cesantía en edad avanzada no se puede duplicar con una de jubilación proveniente del mismo régimen laboral.
¿Cómo gestionar la pensión por vejez ante el Seguro Social y aprovechar la Modalidad 40?
Comprobar las semanas cotizadas ante el IMSS es el primer paso para solicitar el trámite formal en ventanilla. Si el personal emite un rechazo verbal o escrito alegando el cobro previo de viudez, la persona asegurada puede interponer recursos de inconformidad o un juicio de amparo respaldado en las sentencias del máximo tribunal.
Las personas que reciben apoyo por viudez y continúan cotizando pueden inscribirse en la Modalidad 40 para incrementar su salario base de cotización. Financiar los últimos cinco años cotizados eleva el cálculo del monto mensual de la pensión por vejez para asegurar mayores ingresos acumulados en el retiro.
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