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Es oficial en CDMX: multarán a todos estos conductores que circulen sin lentes en el auto

La multa por olvidar los lentes en casa al conducir puede superar los $1,000 pesos

Al obtener una licencia de conducir en la Ciudad de México, algunas personas reciben una restricción que las obliga a utilizar lentes correctivos cada vez que manejan. Esta condición forma parte de la evaluación realizada durante el trámite y debe respetarse para conducir en las condiciones bajo las que fue otorgado el permiso.

Sin embargo, y lo que muchas personas ignoran, es que olvidar los lentes al manejar no solo puede representar un riesgo para el conductor y otros automovilistas y peatones, también puede traducirse en una importante multa que puede superar los $1,000 pesos.

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¿Qué dice la licencia de conducir sobre el uso obligatorio de lentes?

Cuando una persona realiza el trámite para obtener su licencia de conducir, las autoridades evalúan si cuenta con las condiciones físicas necesarias para manejar un vehículo de forma segura. En caso de requerir lentes correctivos para conducir, esta condición queda registrada como una restricción asociada a la licencia.

Esto significa que la autorización para conducir fue otorgada considerando el uso de lentes, por lo que el conductor debe respetar esa condición siempre que se encuentre al volante.

Sin embargo, es importante aclarar que el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México no contiene un artículo que sancione expresamente a quienes conduzcan sin los lentes que señala su licencia, por lo que no existe una infracción específica redactada en esos términos.

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No olvides tus lentes al manejar. La multa por "olvidar" este elemento también se traduce en un punto de penalización sobre la licencia. (Imagen ilustrativa)

¿Qué multa contempla el Reglamento de Tránsito por afectar la visibilidad del conductor?

Pese a lo anterior, el artículo 38, fracción II, inciso a) del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México establece que las personas conductoras tienen prohibido “Llevar objetos que obstruyan la visibilidad del conductor o lo distraigan".

La finalidad de esta disposición es garantizar que quienes manejan un vehículo lo hagan en condiciones que no comprometan su capacidad de reacción ni pongan en riesgo la seguridad de las demás personas usuarias de la vía.

Por ello, si un agente de tránsito considera que conducir sin los lentes correctivos, cuando estos resultan indispensables para la visión del conductor, afecta la conducción segura o disminuye la visibilidad, podría valorar la aplicación de la infracción prevista para las conductas que comprometen la visibilidad del conductor.

No obstante, esta posibilidad dependerá de las circunstancias del caso y del criterio de la autoridad, ya que el Reglamento no menciona expresamente a los lentes correctivos dentro de esta prohibición.

La sanción prevista para incumplir el artículo 38, fracción II, inciso a), consiste en:

  • Multa de 5 a 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA): $586.55 a $1,173.10 pesos
  • Un punto de penalización en la licencia de conducir.
  • Un punto de penalización en la matrícula (placas) del vehículo.

Más allá de una posible sanción, conducir con la graduación visual necesaria representa una medida de seguridad tanto para el propio conductor como para peatones, ciclistas y demás automovilistas, ya que una visión limitada puede incrementar el riesgo de accidentes durante cualquier trayecto.

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