La CDMX prepara penas de prisión y multas de hasta 70 mil pesos a las personas que cometan maltrato animal en su modalidad culposa, una reforma que castigará penalmente la negligencia y el descuido grave de mascotas en la capital.
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¿Qué castigos incluye la reforma al Código Penal de la CDMX por causar lesiones a los animales?
La diputada María del Rosario Morales Ramos, integrante de la Asociación Parlamentaria Progresista de la Transformación, impulsa un proyecto de decreto para sancionar la crueldad involuntaria. La modificación legal define la conducta culposa como aquella que daña la salud de un animal sin una intención explícita, sino por imprudencia o falta de vigilancia.
El nuevo artículo 350 Quater del ordenamiento punitivo de la capital establece consecuencias judiciales:
- Pena de cárcel: castiga las lesiones o la alteración a la salud de cualquier especie con tres meses a un año de reclusión.
- Sanción económica: multas obligatorias que van de 100 UMAs (11,731.00 pesos) hasta 300 UMAs (35,193.00 pesos).
- Agravantes legales: eleva los castigos hasta en una mitad cuando el descuido pone en riesgo la vida del ser vivo o afecta de forma permanente la movilidad de su cuerpo.

¿Cuáles serían las penas en la CDMX si la negligencia causa la muerte del animal?
El endurecimiento de la normativa local busca erradicar el abandono y las omisiones de cuidados severas dentro de los hogares. El artículo 350 Quinquies del cuerpo legal regula los escenarios donde el descuido de los poseedores provoca el fallecimiento del ejemplar. El dictamen prohíbe de forma estricta los procesos de mediación y no contempla opciones de trámites para evadir la responsabilidad jurídica.
Los jueces dictarán los siguientes correctivos penales a los responsables del deceso:
- Prisión preventiva y definitiva: una condena que oscila entre seis meses y tres años de cárcel en los centros de reclusión locales.
- Multas que van de 200 UMAs (23,462.00 pesos) a 600 UMAs (70,386.00 pesos).
- Retiro de custodias: ordena el aseguramiento inmediato de todos los animales que el infractor tenga bajo su resguardo o cuidado.
Las sanciones se incrementarán en un cincuenta por ciento si se comprueba negligencia grave en el entorno. La iniciativa corre en paralelo con las leyes que penalizan los rastros clandestinos de abasto con multas de hasta 5 mil UMAs (586,550.00 pesos) y la zooerastia.
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