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Es ley en Jalisco: multarán a todos los conductores que tengan este mal comportamiento en la calle

El reglamento estatal establece sanciones económicas para quienes se comporten de esta manera al conducir en Jalisco.

Policía Vial Jalisco Estas acciones están prohibidas en Jalisco y quienes las realicen podrán ser multados. (Policia Vial Jalisco)

Manejar en las calles de Jalisco implica cumplir con una serie de obligaciones legales que van más allá del reglamento de tránsito tradicional. Una de ellas, quizás menos conocida por los conductores, está contemplada en la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco y puede costarte varios miles de pesos.

Esta medida no solo aplica para conductores particulares, sino que se extiende a propietarios de vehículos y operadores del servicio público de transporte.

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¿Qué comportamiento está prohibido al conducir en Jalisco?

De acuerdo con el Artículo 361, fracción VI de la Ley de Movilidad de Jalisco, está prohibido “proferir ofensas al policía vial”. Esto significa que insultarlo, agredirlo verbalmente o faltarle el respeto durante un operativo o una detención de tránsito puede derivar en una multa económica.

La norma aclara un punto importante: las ofensas deberán ser comprobadas para que proceda la sanción. Es decir, no basta con que el agente declare haberlas recibido; deben existir elementos que acrediten la conducta.

¿A quiénes aplica esta sanción y cuánto deben pagar?

La multa no solo recae sobre quien tiene el volante en el momento. Según el mismo artículo, están sujetos a sanción:

  • Las personas conductoras del vehículo
  • Las personas propietarias del vehículo
  • Las personas operadoras de vehículos del servicio público de transporte

El monto de la multa va de cinco a diez veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es el parámetro económico oficial utilizado en México para calcular este tipo de sanciones administrativas. Considerando el valor de la UMA para 2026 de $117.31 pesos, los infractores deberán pagar:

  • Multa mínima: $586.55 pesos (5 UMA).
  • Multa máxima: $1,173.10 pesos (10 UMA).

Conocer el contenido de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco es clave para evitar sanciones innecesarias y para ejercer también los propios derechos: si la ofensa no puede comprobarse, la multa no debería proceder.

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