Construir una ventana, balcón o cualquier abertura en casa no es tan libre como parece en Jalisco, sobre todo cuando tiene vista hacia la propiedad de un vecino. Y es que de acuerdo con el Código Civil del Estado de Jalisco, existen límites claros para evitar conflictos y proteger la privacidad entre viviendas.
Estas reglas no solo aplican a vistas directas, sino también a aquellas que se generan de lado o en ángulo.
Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos.
¿Qué dice la ley sobre ventanas hacia la casa del vecino?
De acuerdo con el artículo 1245 del Código Civil de Jalisco, no se pueden tener ventanas para asomarse, ni balcones u otras estructuras similares que tengan vista directa hacia la propiedad colindante si rebasan el límite entre ambos terrenos.
El mismo artículo también establece que no se permiten vistas laterales u oblicuas hacia la propiedad vecina si no se cumple con una distancia mínima, con el objetivo de proteger la privacidad.

¿Cuál es la distancia mínima que se debe respetar?
Aunado al artículo anterior, el 1246, del mismo Código Civil de Jalisco, señala que debe existir al menos un metro de separación entre la abertura y la línea divisoria de las propiedades.
Además, precisa que esta distancia se mide directamente desde el límite que separa ambos terrenos, por lo que cualquier construcción debe considerar este espacio para no incumplir la norma.
¿Hay multa por poner una ventana hacia la casa del vecino en Jalisco?
El Código Civil de Jalisco no establece una multa económica directa por incumplir esta regla. Sin embargo, sí permite que la persona afectada tome acciones legales para exigir que se modifique o elimine la construcción que invade su privacidad.
Esto significa que la consecuencia principal es tener que corregir la obra. En algunos casos, si se demuestra afectación, también podría derivar en el pago de una indemnización.
Además, si la construcción incumple reglamentos municipales, como permisos o licencias de obra, podrían aplicarse sanciones adicionales, aunque estas ya dependen de cada municipio y no del Código Civil.
adn Noticias. Te Hablamos con la verdad. Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.





