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Certificado de supervivencia; fecha límite en junio y requisitos para pensionados

¿Cobras pensión pero vives fuera de México? Descubre quiénes deben tramitar el Certificado de Supervivencia en junio 2026 ante el IMSS o ISSSTE sin fallas

El certificado de supervivencia es un documento oficial y el trámite aplica para los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), así como el Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISFAM).

Con este documento una persona pensionada puede comprobar ante la institución que sigue con vida y sus derechos de pensión continúan vigentes. Sin embargo, este trámite no es obligatorio par todos.

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¿Quiénes están obligados a tramitar la fe de vida este mes? (IMSS, ISSSTE)

Este trámite está dirigido para todos los pensionados que viven fuera de México y reciben su pensión desde el extranjero.

En el caso de los pensionados del IMSS, este trámite debe hacerse cada seis meses, es decir en junio y diciembre. No hay una fecha límite para cumplir con el certificado de supervivencia, también llamada “fe de vida”, siempre y cuando se haga cada semestre.

¿Cómo realizar el trámite en el extranjero y qué pasa si no se entrega?

Para realizar el trámite en el extranjero, los pensionados deben seguir los siguientes pasos:

Pensionados del IMSS

Acudir personalmente a la Representación Consular más cercana a su domicilio y solicita la expedición del “Certificado de Supervivencia” y presentar los documentos: original y fotocopia de su credencial de pensionista. Si no la tiene se debe identificar con pasaporte, matrícula consular, o credencial INE. También debe proporcionar el número de seguridad social de 11 dígitos que el IMSS le haya asignado, último talón de pago si cuenta con este y una fotografía infantil.

Pensionados del ISSSTE

En el caso de los pensionados del ISSSTE, deben acudir personalmente a la Representación Consular más cercana a su domicilio y solicita la expedición del “Certificado de Supervivencia” y presentar original y fotocopia de su credencial de pensionista expedida por el ISSSTE.

Además, deben presentar el número de pensionista que el ISSSTE le haya asignado, el último talón de pago y una fotografía, de frente, a color y tamaño credencial.

Hay que menciona que en caso a no realizar este trámite se podrían suspender temporalmente los pagos.

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