Diputados aprueban en comisiones Miscelánea Fiscal 2021

Se emitieron 18 votos a favor y 12 en contra en la Comisión de Hacienda y Crédito Público

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Escrito por: Redacción adn40
Comisión de Hacienda y Crédito Público
Camara de diputados

La Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó, en lo general y en lo particular, con 18 votos a favor, 12 en contra y cero abstenciones la Miscelánea Fiscal 2021, que entre sus modificaciones prevé el bloqueo de las plataformas digitales, como Uber, Netflix, Spotify, Airbnb y Amazon, que incumplan la retención y pago de impuestos durante tres meses.

“En materia de Bloqueo temporal del acceso Internet a plataformas tecnológicas residentes en el extranjero, se adiciona el artículo 113-D, para establecer la potestad de las autoridades fiscales para ordenar esta medida a los prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México que incurran en la omisión de retención y no enteren de las retenciones de ISR”, señala.

El dictamen, que se elaboró en un Parlamento Abierto en el que participaron 111 ponentes, se remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para su programación legislativa.

La Miscelánea Fiscal faculta a los visitadores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a utilizar “herramientas tecnológicas”, incluidos teléfonos celulares, para recabar imágenes o archivos electrónicos que sirva como constancia de los bienes y activos en el domicilio fiscal.

Sobre probables abusos y riesgos para la seguridad de los contribuyentes, la Secretaría de Hacienda incluyó que “se deberá garantizar que dichas tecnologías sean provistas y resguardadas por las autoridades fiscales bajo los más altos estándares de seguridad y confidencialidad, para respetar los derechos señalados”.

“Cuando se utilicen herramientas tecnológicas, las autoridades deberán acreditar que éstas fueron asignadas por la autoridad fiscal; deberán contar con las medidas de seguridad y encriptación necesarias para que la información que se recabe no sea expuesta de manera indebida; el SAT deberá emitir las reglas de carácter general necesarias para regular estos supuestos”, indica.

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