TEPJF invalida decisión del INE de prohibir transmisión de mañaneras de AMLO en Coahuila e Hidalgo
El Consejo General del INE aprobó el pasado 26 de agosto un acuerdo para que la radio y TV se abstengan de difundir de manera ininterrumpida las conferencias.
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General del INE modificar el acuerdo por el cual determinó que los concesionarios de radio y televisión no debían transmitir en su totalidad las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila e Hidalgo, donde habrá elecciones el 18 de octubre.
Los magistrados decretaron que el INE deberá sesionar dentro del plazo máximo de 48 horas después de que sean notificados para realizar los trámites necesarios y que de nueva cuenta se publique en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo impugnado, con la modificación ordenada.
El Consejo General del INE aprobó el pasado 26 de agosto un acuerdo para que la radio y TV se abstengan de difundir de manera ininterrumpida las conferencias.
El 28 de agosto, Morena interpuso un recurso de apelación, por lo que la Sala Superior concluyó ahora invalidó la decisión.
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sga