Darán hasta 9 años de cárcel a quien viole la Ley Olimpia en Sinaloa
Por unanimidad, el Congreso de Sinaloa aprobó la condena a quienes difundan fotos íntimas de otra persona.
El Congreso de Sinaloa aprobó cambios al Código Penal para castigar con multas y hasta 9 años de cárcel a quien difunda imágenes, audios o videos eróticos de cualquier persona sin su previo consentimiento a través de cualquier medio electrónico.
Por unanimidad, los diputados aprobaron la reforma al Código Penal que castigará con 3 años de cárcel a quien difunda el contenido y 5 años de prisión en caso de que el agraviado sea un menor de edad.
Cuando exista un agravante de lucro, la condena incrementará a 6 años de prisión y hasta mil días de multa; todos aumentarán el 50% de la condena si el sujeto tiene parentesco, matrimonio, concubinato, o relación alguna con la víctima, por lo que la pena máxima podría llegar hasta los 9 años de cárcel.
En caso de que un servidor público incurra en esta falta, será destituido y se le inhabilitará para el ejercicio de la función pública hasta por 7 años, además del pago de la pena correspondiente.
El pleno aprobó por unanimidad el dictamen de reforma y adiciones al Código Penal que impone cárcel y multa económica a quien publique o difunda, por cualquier medio electrónico, imágenes, audios o videos eróticos de una persona sin su consentimiento
— Congreso del Estado de Sinaloa (@congresosinaloa) January 9, 2020
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El primer esfuerzo para revertir la pornovenganza y chantaje en México nació del activismo de los colectivos de mujeres jóvenes, cansadas de un sistema patriarcal que protege a los agresores, dijo la diputada de #Morena Yeraldine Bonilla Valverde
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erv