Estos son los casos en los que el despido por faltas es justificado en el trabajo, según la LFT

Si has faltado mucho al trabajo y no has justificado tu ausencia, es importante que conozcas esta información sobre el despido por faltas, de acuerdo con la LFT.

Actualizado el 10 enero 2024 18:26hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Samuel Aguirre
despido por faltas según la LFT
Getty Images

La Ley Federal del Trabajo protege a los empleados y establece normas con las que se deben regir los patrones; sin embargo, existen incisos en los que se cuidan de los intereses de los empleadores, tal es el caso del despido por faltas u otras situaciones que permitan una separación de acuerdo con las leyes.

Existen varias razones por las que una empresa puede despedir a un empleado justificadamente, mismas que se establecen en el artículo 47 de la LFT, por ejemplo podrían rescindir de los servicios de quien cometa actos inmorales, de hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona.

Otro motivo es que acuda a las instalaciones de trabajo en estado de ebriedad o bajo la influencia de algún narcótico o droga para la que no tenga una receta.

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¿Cuándo es justificado el despido por faltas en el trabajo?

Sin embargo, una de las razones por las que pueden concluirse una relación laboral con mayor frecuencia es por las faltas que puede tener un empleado y es importante destacar que en caso de no justificarse a tiempo, sí implicará un despido inmediato y justificado.

En el inciso X del artículo 47 de la LFT se señala que al tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada, causan la baja.

¿A qué tiene derecho el empleado despedido por faltas?

Es decir en un periodo de un mes, un empleado que llegue a la cuarta falta saldría de la empresa y cobrando el finiquito que le corresponde por derecho.

La LFT establece que en cualquier caso, incluso el despido por faltas , el patrón deberá darle aviso escrito al trabajador en el que refiera claramente la conducta que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron.

El aviso deberá entregarse personalmente en el momento mismo del despido o bien, comunicarlo al Tribunal competente, dentro de los cinco días hábiles siguientes.

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