Skip to main content

Confirmado por Hacienda: todas estas personas no pueden aplicar al descuento en el IVA para la región fronteriza en agosto 2026

Contribuyentes que cuenten con una sentencia condenatoria por un delito fiscal no podrán beneficiarse del estímulo

Nuevos impuestos aplicables en 2026 El establecimiento donde se adquiera un producto debe estar inscrito en el Padrón de Beneficiarios y cumplir con los requisitos correspondientes. (Getty Images)

Si estás pensando en hacer una compra durante agosto en alguna de las ciudades de la Región Fronteriza Norte, hay un beneficio que puede ayudarte a pagar menos: el estímulo fiscal para la zona norte. Según el programa, y en algunos casos, el IVA puede ser de 8% en lugar del 16%. Esto significa que ciertos productos y servicios pueden terminar costando menos de lo que pagarías en otras partes del país.

El beneficio está vigente durante todo 2026 y puede representar un ahorro interesante, especialmente cuando se trata de compras de precio elevado. Sin embargo, hay productos, servicios y situaciones en las que este beneficio no puede utilizarse, de acuerdo con las reglas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos.

¿Quiénes no pueden aplicar el IVA de 8% en la frontera?

De acuerdo con el SAT, existen determinados contribuyentes y operaciones que quedan fuera del estímulo fiscal. Algunas de las restricciones están relacionadas con el tipo de bien o servicio, mientras que otras dependen de la situación fiscal del contribuyente.

Entre las operaciones a las que no aplica el estímulo se encuentran:

  • La enajenación de bienes inmuebles, es decir, operaciones relacionadas con propiedades.
  • La enajenación o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes intangibles.
  • El suministro de contenidos digitales, como audio, video o una combinación de ambos, cuando se descargan o reciben temporalmente.
  • Los servicios de transporte de bienes o personas por vía terrestre, marítima o aérea, salvo determinadas operaciones que comiencen y terminen dentro de la región fronteriza sin realizar escalas fuera de ella.

Por lo tanto, encontrarse físicamente en una ciudad fronteriza no es suficiente para que una operación tenga automáticamente una tasa de IVA de 8%. El tipo de producto o servicio también puede determinar si el estímulo es aplicable.

Devolución del SAT 2025: cómo saber que tienes saldo a favor y cuánto tardas en recibirlo
El beneficio del SAT que pocos conocen. El estímulo es del 50% sobre el IVA, no sobre el producto. (Getty Images)

Estas personas tampoco pueden aplicar el estímulo fiscal

El SAT también contempla restricciones relacionadas con la situación fiscal de determinados contribuyentes. En estos casos, el beneficio no puede utilizarse aunque la operación se realice dentro de la Región Fronteriza Norte.

Entre los supuestos señalados por la autoridad se encuentran contribuyentes que:

  • Tengan créditos fiscales firmes y no pagados
  • Tengan registrado ante el SAT un domicilio fiscal como “no localizado”
  • Cuenten con una sentencia condenatoria por un delito fiscal
  • Tengan créditos fiscales cancelados por incosteabilidad o insolvencia
  • Hayan recibido la condonación de algún crédito fiscal

El SAT también contempla a contribuyentes que se encuentren en los supuestos previstos por el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, relacionado con la presunción de operaciones realizadas mediante comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material necesarios.

También quedan considerados quienes se encuentren en los supuestos del artículo 69-B Bis, relacionado con la transmisión indebida de pérdidas fiscales.

¿El IVA de 8% seguirá vigente en agosto de 2026?

El estímulo fiscal para la Región Fronteriza Norte fue prorrogado para el ejercicio fiscal 2026 mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2025.

Esto significa que durante agosto de 2026 continúa vigente la posibilidad de aplicar la tasa efectiva de 8% de IVA, pero únicamente en las operaciones y por parte de los contribuyentes que cumplen con las condiciones establecidas.

La aplicación del beneficio tampoco significa que todas las tiendas de una ciudad fronteriza deban cobrar automáticamente 8% de IVA. El establecimiento debe estar inscrito en el Padrón de Beneficiarios y cumplir con los requisitos correspondientes.

Además, la operación debe cumplir con las condiciones de ubicación establecidas para la Región Fronteriza Norte. Por ello, antes de realizar una compra es recomendable confirmar con el establecimiento si está inscrito en el esquema y revisar la tasa de IVA que aparece en la factura.

adn Noticias. Te Hablamos con la verdad. Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a adn Noticias en Google News!

LO MÁS VISTO