La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que impactará directamente el bolsillo de un sector específico de trabajadores en México, especialmente para aquellos que ya esperan el aguinaldo en este 2026.
El pleno del Máximo Tribunal validó una reforma legal en Zacatecas que reduce de 60 a 30 días el pago de aguinaldo a personas pensionadas, una decisión que sienta precedente rumbo a 2026 y que ha generado inquietud entre quienes están por jubilarse.
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¿Quiénes perderán días de aguinaldo?
La resolución aplica exclusivamente a las y los trabajadores que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma, es decir, desde el 11 de agosto de 2024. En estos casos, el aguinaldo anual será equivalente a 30 días y no a 60, como ocurría anteriormente.
Quienes ya estaban pensionados o habían iniciado su trámite antes de esa fecha no verán cambios en su prestación y seguirán recibiendo el aguinaldo completo conforme a la norma previa.
La Corte fue enfática en que la reducción no puede aplicarse de manera retroactiva, ya que eso sí vulneraría derechos adquiridos.
¿Por qué la SCJN avaló la reducción?
Con siete votos a favor, el pleno consideró que la disminución del aguinaldo no viola el derecho humano a la seguridad social. De acuerdo con el criterio aprobado, se trata de una medida “razonable y no arbitraria”, orientada a garantizar la viabilidad financiera del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC).
Hoy la #SCJN:
— Suprema Corte (@SCJN) January 12, 2026
💰 Reconoció la validez del decreto que extinguió diversos fideicomisos federales al estimar que no afecta las facultades constitucionales de los estados.
👵👴 Confirmó la validez de reformas a la ley del ISSSTE Zacatecas que ajustan el aguinaldo e invalidó normas… pic.twitter.com/BHEetOQmaa
La ministra Loretta Ortiz Ahlf argumentó que el aguinaldo no forma parte directa de la pensión derivada de las cotizaciones laborales, sino que es un apoyo económico adicional por lo que no puede considerarse un derecho adquirido en el mismo nivel que la pensión mensual.
Artículos invalidados por la Corte
Aunque avaló la reducción del aguinaldo, la SCJN también puso límites. El Tribunal invalidó los artículos 128 y 128 Bis de la ley, los cuales condicionaban el pago de prestaciones a la situación financiera y a la reserva técnica del Instituto.
Para la Corte, supeditar derechos sociales a factores financieros indeterminados abre la puerta a incumplimientos injustificados. Incluso, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz advirtió que esos artículos representaban un precedente riesgoso para los derechos de las y los trabajadores.
En esto gastan su aguinaldo los mexicanos
¿Puede pasar en otros estados?
Aunque el caso corresponde a Zacatecas , especialistas advierten que el criterio de la SCJN podría ser retomado por otros congresos locales con sistemas de pensiones en crisis.
Por ello, trabajadores próximos a jubilarse deben mantenerse informados sobre posibles reformas en sus entidades, además de revisar con anticipación su situación laboral y pensionaria.
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