Qué pasará con la alcaldía Cuauhtémoc tras ser vinculada Sandra “N”

La titular de la alcaldía Cuauhtémoc fue vinculada a proceso por su probable participación en delitos de robo, abuso de autoridad y discriminación.

Actualizado el 17 marzo 2022 12:21hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
¿Quién se quedará al frente de la alcaldía Cuauhtémoc?
@SandraCuevas_

Luego de que se diera a conocer este jueves que Sandra “N” , alcaldesa de Cuauhtémoc, fue vinculada a proceso por los delitos de robo, abuso de autoridad y discriminación, se han puesto sobre la mesa las cuestionastes: ¿qué pasará con la alcaldía Cuauhtémoc? y ¿quién se quedará al frente?

La alcaldesa podrá continuar su proceso en libertad, luego de ser separada de su cargo como una medida cautelar impuesta por una jueza de control con sede en el Reclusorio Norte, en el marco del proceso penal en su contra por las presuntas agresiones a mandos policiales ocurridas en febrero pasado.

La ley orgánica de la alcaldía, en su artículo 65, contempla que las faltas temporales de la alcaldesa o el alcalde que no excedan de 15 días naturales, basta que sean comunicadas por escrito al Congreso y se informe qué funcionario quedará a cargo de la demarcación durante la ausencia temporal.

¿Quién se quedará al frente de la alcaldía Cuauhtémoc?

Por el momento, José Guadalupe Medina Romero, director General de Gobierno, es el encargado de la alcaldía Cuauhtémoc en lo que se resuelve la situación de Sandra “N”.

Si la ausencia de la alcaldesa es mayor a 60 días naturales se convertirá en definitiva, explica el artículo 66 de la Ley Orgánica de las alcaldías.

El titular de la Unidad Administrativa de Asuntos Jurídicos y de Gobierno asumiría provisionalmente la titularidad de la alcaldía, quien no podrá remover a los funcionarios integrantes de la misma o hacer nuevas designaciones.

En caso de licencia definitiva o falta absoluta de la alcaldesa, la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, deberá enviar una terna al Congreso de la Ciudad de México para que dentro del periodo ordinario de sesiones se vote y apruebe al alcalde interino.

Si esto ocurre en los primeros dos años de administración, incluso se puede convocar a una nueva elección.

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