Rosario “N” gana amparo contra su inhabilitación como servidora pública

El Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió un amparo a Rosario “N” contra su inhabilitación por 10 años que le impuso la SFP.

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Escrito por: Redacción adn40
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El Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa otorgó amparo a RosariO “N”, extitular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), contra la inhabilitación de la sentencia de 10 años de inhabilitación para ocupar cualquier cargo en el servicio público.

A través de su cuenta de Twitter, Rosario “N”, puntualizó que con esta resolución se establece que la Sala Superior y en consecuencia la Secretaría de la Función Pública (SFP), violaron los derechos de la exfuncionaria y por esa razón ordenó “que se declare la nulidad de la sentencia que me inhabilitaba por 10 años”.

La inhabilitación impugnada por Robles fue impuesta por la SFP desde el 10 de septiembre de 2019.

Esta sentencia fue ratificada por la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en septiembre de 2021, pues determinó que la sanción impuesta por la SFP fue por la omisión en el reporte de una cuenta bancaria en sus declaraciones patrimoniales de 2013 a 2017.

El Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa consideró que la Sala Superior, y en consecuencia la Secretaría de la Función Pública (SFP), violaron mis derechos y ordenó que se declare la nulidad de la sentencia que me inhabilitaba por diez años

-indicó la publicación.


Reiteró en su mensaje que “toda la saña con la que he sido atacada por instituciones del Estado mexicano se ha topado con un muro, el de la justicia, un paso más en el camino por la verdad y en contra de la infamia de la que he sido objeto”.

Sin embargo, la SFP deberá emitir una nueva resolución, en la que determine, con plenitud de jurisdicción, la sanción correspondiente por la falta administrativa cometida por Robles Berlanga, relacionada por presuntamente “no haber informado en su declaración patrimonial de una cuenta de 2 mil pesos.

Por mayoría de votos de la magistrada Silvia Cerón Fernández y del magistrado Jorge Ojeda Velázquez, el tribunal precisó que el amparo no conlleva a que la infracción cometida por la exfuncionaria quede impune, ya que, se actualizó una violación al artículo 8, fracción XV, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

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