Juez concede suspensión a usuario contra padrón de telefonía móvil
El juez Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó la primera suspensión provisional contra el padrón de telefonía móvil aprobado por el Senado.
Un juez federal concedió la primera suspensión provisional contra el padrón de telefonía móvil y concluyó que la entrega de datos biométricos, de los usuarios de celulares, puede no ser la mejor opción para la persecución de delitos.
El juzgador Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó el beneficio judicial a Oscar González Abundis, quien solicitó el amparo contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión mediante la que se obliga a los usuarios de telefonía celular a registrar sus líneas en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) para que no les sean canceladas por falta de registro.
En la suspensión provisional, pública en los estrados del Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el juez Gómez Fierro reconoció que la reforma persigue un fin constitucionalmente legítimo, como lo es facilitar la investigación y persecución de delitos .
Es decir, el grado de realización del fin perseguido no necesariamente será mayor que la afectación a los derechos mencionados previamente. Este Juez de Distrito no advierte una relación de «medio a fin» entre la entrega de datos personales (particularmente los biométricos como son las huellas digitales, el iris, el rostro o la retina, etcétera) como condición para tener una línea telefónica móvil y la investigación o persecución de los delitos
-señaló la resolución.
El pasado 13 de abril, el Senado de la República aprobó en lo general y los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
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✅ Con 54 votos a favor, 49 en contra y 10 abstenciones, se aprueba en lo general y los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para crear el "Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil".
— Senado de México (@senadomexicano) April 13, 2021
Estas son las multas por no registrarse en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
Los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados, incurrirán en el registro extemporáneo en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil tendrán multas de 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA) decir, de mil 792 pesos a 4 mil 481 pesos.
También por no registrar una línea telefónica o por no actualizar el Padrón las empresas de telefonía deberán pagar de 500 a mil UMA, es decir, 44 mil 810 pesos hasta 89 mil 620 pesos.
Las empresas que hagan uso indebido de la documentación serán sancionados desde 10 mil a 15 mil UMA, lo que significa 896 mil 200 pesos hasta un millón 344 mil 300 pesos.
Por alterar, omitir o permitir registros de forma ilícita, o acceder sin autorización al padrón, de 896 mil 200 a un millón 344 mil 300 pesos.
Por hacer uso de la información para obtener un lucro indebido, de dos a tres veces el monto que se obtuvo.
El registro en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil será obligatorio para quien active una línea.
Datos que debes registrar en el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil
La iniciativa del
Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil
señala que los dueños de las líneas telefónicas deberán ingresar los siguientes datos de forma obligatoria:
- Número de la línea de telefonía móvil
- Fecha y hora de la activación de la línea adquirida en tarjeta SIM
- Nombre completo o en su caso la denominación o razón social del usuario, nacionalidad, número de identificación oficial con fotografía y CURP
- Datos biométricos del usuario (huella dactilar, iris de los ojos, facciones del rostro, tono de voz y firma)
- Domicilio
- Datos del concesionario de telecomunicaciones
- Esquema de contratación de la línea móvil: pospago o prepago
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lhp