El aguinaldo es una prestación laboral que corresponde a quienes tienen un empleo formal y, para quienes han trabajado un año completo en una misma empresa, equivale como mínimo a 15 días de salario. Y es que aunque todavía existe el “pensamiento” de que se trata de un bono opcional, lo cierto es que ni esta prestación está establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Ante esto, el abogado Cristian Magazo confirmó, a través de una publicación en su cuenta oficial de Instagram, que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. Además, no es necesario haber cumplido un año en el empleo para recibirlo: quienes llevan menos tiempo también tienen derecho a la parte proporcional correspondiente a los días trabajados.
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¿Cuál es la fecha límite para que te paguen el aguinaldo?
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas trabajadoras tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a por lo menos 15 días de salario, el cual debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) precisa que se trata de un mínimo. Por ello, un contrato individual, colectivo o las prestaciones de una empresa pueden reconocer más de 15 días de aguinaldo, pero no una cantidad menor a la establecida por ley.
Para una persona con salario fijo que trabajó todo el año, esos 15 días equivalen aproximadamente a una quincena de sueldo.
¿Cuánto aguinaldo te corresponde si llevas menos de un año?
Trabajar tres, seis o nueve meses en una empresa no significa perder el aguinaldo. La LFT establece que quienes todavía no cumplen un año de servicio deben recibir la parte proporcional al tiempo trabajado, incluso si dejaron de laborar antes de diciembre.
Para tener una referencia, Cristian Magazo propuso una cuenta sencilla en su publicación cuando la empresa otorga el mínimo de 15 días:
- Toma el salario equivalente a una quincena
- Divide esa cantidad entre 12 meses
- Multiplica el resultado por los meses trabajados
Por ejemplo, si una persona gana $6,000 por quincena y lleva seis meses en la empresa:
- $6,000 ÷ 12 = $500
- $500 × 6 meses = $3,000 de aguinaldo proporcional
Este cálculo sirve como referencia cuando se consideran meses completos. Para obtener una cantidad más precisa, la Profedet recomienda tomar como base el salario diario y el tiempo efectivamente laborado.
¿Quiénes tienen derecho a recibir aguinaldo?
El aguinaldo tampoco es exclusivo de quienes tienen una plaza permanente. De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Profedet, esta prestación corresponde a las personas cuya relación laboral esté regulada por la LFT, entre ellas:
- Trabajadores de base, confianza y planta
- Personas sindicalizadas
- Contratados por obra o tiempo determinado
- Trabajadores eventuales
- Comisionistas
- Agentes de comercio o de seguros
- Vendedores
- Otros trabajadores con una relación subordinada a un patrón
Además, si una persona renunció, fue despedida o terminó su relación laboral antes de diciembre, conserva el derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo trabajado.
¿Qué pasa si no te pagan el aguinaldo?
Que una empresa tenga problemas económicos o no haya generado las utilidades esperadas no elimina su obligación de pagar el aguinaldo, pues la Profedet señala que se trata de un derecho irrenunciable.
Si el patrón no entrega esta prestación, paga una cantidad menor o incumple con el plazo, el trabajador puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir orientación, asesoría y representación jurídica gratuita.
Además, la Profedet establece que existe un año para reclamar el pago del aguinaldo, contado a partir del momento en que esta prestación se vuelve exigible.
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