Trabajadores eventuales, licencias por maternidad y otros datos que debes saber sobre el aguinaldo

El aguinaldo debe de pagarse antes del 20 de diciembre y debe ser al menos una quincena.

1 minutos de lectura.
Compartir:
Escrito por: Redacción adn40
aguinaldo-20-de-diciembre
Twitter

El aguinaldo es una prestación que por ley le corresponde a todo trabajador y debe entregarse antes del día 20 de diciembre.

Los empleados tienen derecho a un pago de 15 días de su salario por haber laborado un año en la empresa, aquel que no cumplió un año en la institución, entonces le debe ser otorgada la parte proporcional al tiempo laborado.

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo deberá ser abonado por el patrón el 20 de diciembre como fecha límite.

¿Cómo calcular lo que me deben pagar de aguinaldo?

Primero se debe obtener el sueldo por jornada por lo que se divide el sueldo mensual entre 30 días. El resultado se multiplica por los días que corresponden (como mínimo se reciben 15 días del salario).

Para quienes no trabajaron todo el año, la ley contempla el pago proporcional calculado en función de los días laborados.

¿Qué hacer si no me pagan el aguinaldo?

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en ningún caso los patrones podrán argumentar dificultades económicas o falta de liquidez para pagar los aguinaldos. Asimismo, el pago jamás podrá ser en especie y se deberá hacer en efectivo.

¿Se les descuenta la parte de aguinaldo a las madres trabajadoras por haber estado de incapacidad por maternidad pre y post natal?

No, los periodos pre y postnatales (antes y después del nacimiento), deben contar como días trabajados para el cálculo del aguinaldo.

¿El aguinaldo genera impuestos?

Sí, siempre y cuando el monto recibido sea superior a $2,606.40. Esto es 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La noticia continúa, mantenla encendida. ¡Descarga nuestra app !

erv

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a adn40 en Google News!