Los jubilados y pensionados que deben rendir cuentas al SAT

Existe una excepción para que los jubilados y pensionados deban presentar la declaración anual al SAT y te traemos la explicación de a quién le corresponde.

Actualizado el 05 abril 2024 17:59hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: TV Azteca
Pensionados y jubilados deben estar atentos a su situación con el SAT.
Getty Images

El proceso para la presentación de la declaración anual ya comenzó y se estirará hasta el final de abril. Sin embargo, es importante tener en cuenta que hay ciertas situaciones en las que los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deben presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

También es crucial conocer las condiciones bajo las cuáles los jubilados pueden quedar exentos de este proceso.

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¿Qué jubilados y pensionados deben rendir cuentas al SAT?

Según el Servicio de Administración Tributaria, los ingresos derivados de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro y otras formas de ingreso provenientes de instituciones como el IMSS e ISSSTE están exentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) hasta cierto monto: 49.500 pesos para el año 2024.

Esta regla se aplica a la totalidad de los ingresos, incluso si provienen de múltiples fuentes. Si las pensiones superan este monto, solo se debe pagar ISR por la cantidad que exceda el límite establecido. Además se pueden aplicar deducciones personales como gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, lo que reduce la carga fiscal.

¿Qué pensiones tienen que pagar impuestos a lo largo de 2024?

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 93 fracción IV, se especifica que las pensiones que superen 15 veces el salario mínimo general diario deberán pagar el ISR. Este cálculo se realiza en base a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2024 aumentó a 108.57 pesos diarios según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Por lo tanto, si una persona recibe una pensión mensual que excede los 49.500 pesos, deberá pagar el ISR sólo sobre el excedente y no sobre el monto total. Además el apartado detalla que la retención sobre el excedente se realizará de acuerdo con lo establecido en el reglamento de la ley. Por ejemplo si alguien recibe una pensión mensual de 60.000 pesos, excede el límite por 10.500 pesos, y será sobre esta cantidad que se calculará el ISR.

Por otro lado, aquellos que perciban una pensión menor a 49.500 pesos en 2024 estarán exentos de pagar el Impuesto Sobre la Renta.

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