Conoce las modalidades para incrementar tu pensión del IMSS

Procura tu futuro o tu vejez si estás a punto de jubilarte y conoce las diversas modalidades por las que podrás aumentar tu pensión del IMSS.

Actualizado el 25 febrero 2021 10:41hrs 2 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
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La pensión es algo que no debe pasar por desapercibido si buscas tener una vejez tranquila y cómoda, así que presta atención a este artículo y conoce las diversas modalidades que te ayudarán a incrementar tu pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En primera instancia es necesario saber que el IMSS asigna el monto de las pensiones en edad avanzada y vejez a partir de dos variables: el Salario Base de Cotización (SBC) y la suma de semanas cotizadas.

En caso de que un trabajador registrado ante el IMSS llegue a incrementar su salario o a sumar más semanas cotizadas, entonces podrán aumentar las dos variables ya mencionadas de manera considerable.

Los adultos mayores que están por cumplir los 60 años y continúan laborando ante el IMSS, tienen posibilidades de aumentar su Salario Base de Cotizaciones debido a su edad avanzada y, como resultado, su pensión por cesantía o vejez se vería beneficiada.

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social , este tipo de pensión también puede tener un incremento si agrega a beneficiarios como su pareja o hijos.

Sin embargo, el incremento depende de los beneficiarios que el trabajador llegue a registrar, según se señala en el amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973, por ejemplo:

  • 15% por esposa o concubina.
  • 10% por cada uno de los hijos menores de dieciséis años.
  • 10% por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.
  • 10% por cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, la asignación podrá continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación sin importar la edad.

En caso de que el pensionado no cuente con pareja o hijos conforme a los supuestos anteriores, podrá tener un incremento del 10% por cada uno de sus padres si es que llegan a depender de él.

¿Qué requisitos necesito para tramitar mi pensión por cesantía o vejez?

  • Contar con una baja laboral y haber dejado de cotizar para el IMSS.
  • Cumplir por lo menos con 500 semanas de cotización.
  • En caso de buscar tramitar la pensión por cesantía, el interesado debe tener 60 años cumplidos; si el trámite es de pensión por vejez, deberá contar con más de 65 años.

Modalidad 40

Asimismo, existe la Modalidad 40 con la se beneficia a los trabajadores que en un momento llegaron a cotizar para el IMSS, pero que ahora ya no están activos con esta dependencia.

A través de Modalidad 40, estas personas tienen la oportunidad de que en un plazo de cinco años realicen aportaciones voluntarias, las cuales se verán automáticamente reflejadas tanto en las cotizaciones como en el número de semanas cotizadas.

Cabe mencionar que estas aportaciones voluntarias deben corresponder a un equivalente del 10.75% del salario que deseen cotizar.

¿Qué requisitos necesito para darme de alta en la Modalidad 40 del IMSS?

  • No estar vigente en el régimen obligatorio
  • No haber pasado más de 5 años desde la última relación laboral
  • Haber cotizado por lo menos 52 semanas dentro de los últimos 5 años en régimen obligatorio

Así que no esperes más y comienza a incrementar tu pensión para disfrutar de tu vejez sin preocupación alguna.

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