El Sistema de Transporte Colectivo (STC) anunció su nuevo reglamento para la instalación, operación, verificación y seguridad de sus espacios comerciales en el Metro CDMX.
El clásico “¡llévele, llévele!” que forma parte del paisaje cotidiano, tendrá que eliminarse.
El nuevo reglamento establece restricciones sobre el uso de hornos, estufas, aparatos de sonido y equipos eléctricos, además de contemplar sanciones económicas para quienes incumplan con las medidas.
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Nuevo reglamento del Metro CDMX 2026; ¿qué no pueden hacer los vendedores?
El documento, denominado Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales Asignados y/o Propiedad del Sistema de Transporte Colectivo, sustituye la normativa que se encontraba vigente desde 2020. Se publicó a través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Entre las obligaciones se encuentra que los vendedores deberán portar uniforme autorizado en todo momento (chalecos del color de la línea en el que se encuentre el negocio y un tarjetón) y ya no podrán gritar ni usar bocinas, altavoces o aparatos de sonido para promover sus productos o servicios.
Los espacios comerciales no podrán convertirse en bodegas para guardar insumos, materiales, mobiliario u objetos que contradigan la naturaleza del establecimiento. Tampoco será posible vender productos distintos al giro autorizado.
Este nuevo reglamento también prohíbe el uso de estufas, calentadores, hornos o aparatos que incrementen la temperatura de las estaciones.
Los comerciantes tendrán además que presentar un inventario de los equipos eléctricos utilizados dentro de sus negocios, acompañado de la información correspondiente sobre sus requerimientos de energía. La intención es mantener un mayor control sobre la demanda eléctrica.
El objetivo de todas estas medidas es reducir el ruido en estaciones y pasillos, y fijar condiciones de imagen, seguridad, pagos e higiene.
¿Cómo son las sanciones si no se cumplen las regulaciones?
El reglamento establece una serie de sanciones para aquellos comerciantes que no cumplan las nuevas normas, estas van desde una amonestación por escrito y multa administrativa, hasta la clausura del espacio y multas económicas de hasta $23,462.
“Las sanciones por incumplimiento pueden ir de 50 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA)” se indica.
Por ahora las regulaciones ya entraron en vigor y los comerciantes tendrán tres meses para adaptar sus negocios a ellas.
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