Deudores alimentarios no competirán por un cargo de elección popular
Por primera vez, la SCJN ratificó por mayoría que los deudores alimenticios no tienen derecho a ocupar un cargo de elección popular en el estado de Yucatán.
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Por primera vez, la SCJN ratificó por mayoría que los deudores alimenticios no tienen derecho a ocupar un cargo de elección popular en el estado de Yucatán.