¡Tu dinero está en riesgo! La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin orden judicial, es decir, sin intervención del Ministerio Público e incluso sin una solicitud internacional.
La medida, respaldada por una mayoría de seis ministros, permite actuar con base en “indicios” de delitos como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, aún cuando los casos no estén avanzados en instancias jurídicas.
Aunque el argumento central de la Corte sostiene que se trata de una medida preventiva y no de un castigo, en los hechos implica que una autoridad puede dejar sin acceso a sus recursos a personas o empresas antes de que exista una resolución judicial de fondo.
Hoy la #SCJN reconoció la validez de la facultad de la autoridad para introducir a la lista de personas bloqueadas a aquellas que tengan indicios suficientes de vínculos con delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o asociados, y… pic.twitter.com/RjpHwkEkYK
— Suprema Corte (@SCJN) April 6, 2026
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Así es como la UIF podrá congelar cuentas sin orden judicial
Como se mencionó, el nuevo criterio válida el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito y rompe con precedentes que limitaban estos bloqueos a solicitudes de autoridades extranjeras.
Con ello, la UIF gana margen para actuar de forma unilateral dentro del país; sin embargo, la decisión ha sido duramente cuestionada.
Las voces no fueron unánimes en la Corte
Diversas voces dentro de la propia Corte advirtieron que el estándar de “indicios” resulta ambiguo y carece de parámetros claros, lo que abre la puerta a posibles abusos de poder, especialmente en investigaciones contra aquellos que incomodan a los que toman decisiones en este país.
SCJN avala bloqueo de cuentas bancarias
La ministra Yasmín Esquivel votó en contra al señalar que la norma carece de límites precisos y rompe con criterios previos que daban mayor certeza jurídica para todos los que enfrentan un proceso judicial.
En la misma línea, el ministro Giovanni Figueroa advirtió que, aunque se le denomine medida administrativa, el congelamiento tiene efectos punitivos reales.
“Primero te quitan el dinero y luego investigan”: el nuevo modelo
El fallo consolida un cambio de lógica en el sistema financiero mexicano: el Estado puede actuar primero y justificar después. Aunque la Corte sostiene que existe derecho de audiencia para los afectados, especialistas advierten que el daño ocurre desde el momento en que los recursos quedan congelados.
Cronología de un ecocidio sin culpables; derrame de petróleo en el Golfo de México ya generó daño internacional
Han pasado dos meses desde el primer reporte de contaminación de petróleo en costas mexicanas y, entre versiones de buques fantasmas y filtraciones naturales, nadie se responsabiliza del daño ambiental.
Empresas pueden ver paralizadas sus operaciones y personas físicas perder acceso a su patrimonio durante meses, mientras se resuelve el proceso legal, lo que las podría dejar sin acceso a una defensa justa.
A esto se suma que reformas en materia de amparo han limitado la posibilidad de frenar estos bloqueos de manera inmediata, por lo que críticos sostienen que estas medidas afectan el equilibrio de poderes en el país, el cual se ha inclinado peligrosamente hacia la discrecionalidad del Estado.
Finalmente, especialistas advierten que estamos ante un esquema donde la presunción de inocencia queda en entredicho y donde, en la práctica, primero se castiga y después se investiga.
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