¿Cómo te vendrían 12 días de vacaciones? Avanza reforma en el Senado

Comisiones del Senado avalaron este martes que se otorguen 12 días de vacaciones a los empleados durante su primer año laboral, se discutirá en el Pleno.

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Escrito por: Redacción adn40
¿Cómo te vendrían 12 días de vacaciones? Avanza reforma en el Senado
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La Comisión de Trabajo del Senado avaló con 11 votos a favor la reforma que busca ampliar de 6 a 12 días de vacaciones para los empleados en su primer año de trabajo.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, para su discusión y posterior aprobación, y después será presentado ante el Pleno.

Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, dijo que se trata de una iniciativa histórica en favor de la dignidad de los trabajadores.

El periodo vacacional para los trabajadores que llevan su primer año laborando es de seis días y tendría que permanecer cuatro años en la empresa para poder tener derecho a 12 días de vacaciones.

¿Cuántos días de vacaciones me tocan por años trabajados?

El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo señala que los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año de servicios.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de trabajo. Aplican de la siguiente forma:

  • Año 1: 6 días
  • Año 2: 8 días
  • Año 3: 10 días
  • Año 4: 12 días
  • De 5 a 9 años: 14 días
  • De 10 a 14 años: 16 días
  • De 15 a 19 años: 18 días
  • De 20 a 24 años: 20 días
  • De 25 a 29 años: 22 días
  • De 30 a 34 años: 24 días.

¿A qué tengo derecho en mis vacaciones?

Durante el periodo de vacaciones el patrón deberá de cubrir el salario ordinario que comúnmente perciben los trabajadores durante los días que disfrute las vacaciones.

Adicionalmente se le deberá cubrir al trabajador una prima vacacional equivalente a un 25% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Las vacaciones jamás se deberán de cambiar por alguna remuneración, es decir se tiene que otorgar el periodo a disfrutar.

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