El paso que debes hacer para que el SAT no te sorprenda

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede hacer una visita domiciliaria sobre cualquier contribuyente del sistema tributario.

Actualizado el 27 mayo 2024 12:14hrs 3 minutos de lectura.
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Escrito por: Gabriel Saez
El trámite obligatorio que debes hacer para que el SAT no realice una visita domiciliaria
FreshSplash/Getty Images

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede efectuar una visita domiciliaria en algunos casos vinculados con las obligaciones fiscales. Estas están principalmente dirigidas a aquellos que hayan presentado ciertas incongruencias u omisiones.

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¿A quién busca el SAT en una visita domiciliaria?

Las visitas domiciliarias del SAT, la institución encargada de la recaudación fiscal en México , se realizan especialmente en los casos donde se detecten discrepancias o incumplimientos en los trámites fiscales requeridos.

Para evitar sanciones es crucial que los contribuyentes mantengan sus documentos en orden y realicen todos los trámites necesarios de manera puntual y correcta, según detalla el organismo en su página web .

El trámite obligatorio del SAT para evitar una visita a tu domicilio

Es indispensable que los contribuyentes realicen una verificación exhaustiva de los datos consignados en su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para garantizar su exactitud. Además, deben asegurarse de que la firma electrónica esté activada de manera correcta.

La importancia de realizar este trámite es fundamental para mantener la operatividad regular y evitar posibles inspecciones domiciliarias programadas. Es valioso resaltar que, aun cumpliendo con todas las obligaciones fiscales, cualquier discrepancia u omisión podría derivar en una visita de este tipo.

¿Qué otra información puede solicitar el SAT?

Por otra parte, para prevenir el lavado de dinero, la autoridad tiene la facultad de solicitar información de quienes realizan “actividades vulnerables”. Durante las visitas de verificación o los requerimientos de información, el SAT podrá solicitar documentación e información relacionada con las actividades vulnerables realizadas por el sujeto obligado. Algunas de las obligaciones y documentos que podrían ser revisados incluyen:

  • Designar un responsable de cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y contar con su aceptación.
  • Contar con información sobre la actividad u ocupación de los clientes o usuarios que manifiesten tener relación de negocios.
  • Solicitar información a los clientes sobre la existencia del dueño beneficiario y exhibir documentación oficial que lo identifique.
  • Brindar facilidades a la autoridad administrativa para llevar a cabo visitas de revisión.
  • Mantener mecanismos de seguimiento de las operaciones realizadas por los clientes.
  • Actualizar la información y documentación de los clientes al menos una vez al año.
  • Exhibir evidencia del resguardo de la información de los clientes por cinco años.
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¿Cuáles son las consecuencias de una visita domiciliaria?

Una visita domiciliaria del SAT puede tener diversas consecuencias para el contribuyente, según explica la licenciada Nancy Mayorga Larios , subdirectora de Contabilidad de Asesorías Especializadas en Negocios:

  • Si se detectan irregularidades o incumplimientos fiscales, el SAT puede determinar créditos fiscales a cargo del contribuyente, es decir, multas y recargos que deberá pagar.
  • En caso de que el contribuyente no permita el acceso a la autoridad fiscal o se niegue a proporcionar la información y documentación requerida, el SAT puede imponer multas.
  • Si durante la visita se detecta la comisión de delitos fiscales, el SAT puede presentar la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público.
  • La visita domiciliaria puede generar molestias y afectaciones a la privacidad e intimidad del contribuyente, ya que implica una “invasión válida” a su domicilio, aunque debe sujetarse a las formalidades legales.
  • El contribuyente puede verse obligado a destinar tiempo y recursos para atender los requerimientos de información y documentación durante la visita.
  • En caso de que el SAT determine un crédito fiscal, el contribuyente tendrá que pagar el adeudo más las actualizaciones, recargos y multas correspondientes.

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