La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la plena validez jurídica de la cédula profesional digital en México, incluso si no contiene fotografía ni firma autógrafa.
El fallo, emitido por la Segunda Sala del máximo tribunal el pasado 15 de enero, resuelve una controversia en torno a la constitucionalidad del formato electrónico del documento que acredita la habilitación legal para ejercer una profesión. La Corte determinó que la versión digital cumple con todos los requisitos legales y ofrece certeza jurídica equivalente al documento físico tradicional.
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¿Qué dijo la SCJN sobre la cédula profesional?
Según la resolución, la cédula profesional electrónica:
- Tiene la misma eficacia legal que la cédula física para acreditar la habilitación profesional
- No es un documento de identificación oficial, como la credencial para votar o el pasaporte.
- Puede emitirse y validarse digitalmente mediante firma electrónica y código QR sin necesidad de fotografía o firma autógrafa
La SCJN explicó que la ausencia de estos elementos tradicionales no afecta la autenticidad ni la seguridad del documento, porque la identidad del profesionista puede comprobarse en el Registro Nacional de Profesionistas mediante mecanismos digitales infalsificables.
¿Qué implica la resolución de la Corte?
Con esta decisión, ninguna institución pública o privada podrá rechazar una cédula profesional digital bajo el argumento de que carece de fotografía o firma autógrafa. Esto elimina posibles trabas administrativas para profesionistas que optan por el formato electrónico.
La Secretaría de Educación Pública (SEP) ha subrayado que este tipo de cédula puede tramitarse de manera más ágil que la física y otorga certeza de que su titular está legalmente habilitado para ejercer la profesión correspondiente.
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