La PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) establece que el aguinaldo es un derecho irrenunciable, incluso para quienes no han cumplido un año de servicio en su puesto actual. Los trabajadores en esta condición tienen el derecho legal de cobrar una parte proporcional conforme al tiempo laborado y si no lo hicieron aún tienen un año de plazo a partir del 20 de diciembre de 2025 para iniciar el reclamo correspondiente.
La Ley Federal del Trabajo obliga a los patrones a pagar esta prestación independientemente de la antigüedad, por lo que haber laborado apenas unos meses, semanas o incluso días, no anula el derecho al cobro.
Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos.
¿Cómo calcular el aguinaldo proporcional si no se trabajó el año completo?
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) garantiza que la fórmula para obtener el monto justo sea equitativa. Los trabajadores que renunciaron, fueron despedidos o ingresaron a mitad de año deben recibir el pago proporcional dividiendo los 15 días de ley entre los días totales del año y multiplicándolos por el tiempo trabajado.
💰¿No recibiste tu #Aguinaldo2025?
— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) January 17, 2026
💡¡Exígelo, es tu derecho!
📢 Acércate a #PROFEDET.
📞079, línea del Gobierno de México. pic.twitter.com/CmPcBN7sFf
¿Cómo saber cuánto te corresponde de aguinaldo?
Para determinar la cifra exacta que corresponde por ley, los interesados deben considerar los siguientes tres datos de su relación laboral:
- Salario diario: Es la base económica sobre la cual se proyecta el pago (percepción mensual entre 30).
- Días laborados: El número total de días de servicio efectivo durante el año calendario.
- Factor divisor: Se utiliza el número 365 para determinar la fracción correspondiente por cada día trabajado.
La fórmula técnica para este cálculo es: (Salario diario) x 15 x (Días trabajados / 365).
Este método de cálculo garantiza que la población laboral reciba una compensación justa por sus horas dedicadas, sin importar si su contrato terminó antes de la fecha límite del 20 de diciembre o si iniciaron actividades en meses recientes.
¿Qué hacer si la empresa niega el pago por falta de antigüedad?
La PROFEDET ofrece asistencia gratuita y representación jurídica a los trabajadores que enfrentan la negativa del patrón bajo el argumento de no tener un año de antigüedad. En caso de conflicto, la institución busca una conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) para evitar juicios prolongados.
Al acudir por asesoría legal, es necesario que los interesados proporcionen los siguientes elementos para validar su reclamo:
- Identificación oficial: Documento vigente para iniciar el registro del caso.
- Datos patronales: Nombre completo de la persona empleadora o razón social y domicilio del centro de trabajo.
- Documentación laboral: Recibos de nómina o contrato donde conste la fecha de ingreso y el salario diario.
¿Sabes cómo deben pagarte tu aguinaldo? 🤔
— STPS México (@STPS_mx) November 23, 2025
Recibir tu #Aguinaldo2025 es tu derecho. Hoy te contamos las formas en que puede realizarse este pago.
Si tu empleador cumple con el pago o lo realiza después del 20 de diciembre, llama a la @PROFEDET al📞 079. pic.twitter.com/9tCWKPnlCo
Los trabajadores tienen un año de plazo para exigir este pago. Si la conciliación no arroja una solución amistosa, los abogados especializados de la dependencia representan de manera gratuita a la persona trabajadora en los tribunales laborales hasta obtener una resolución definitiva.
adn Noticias. Te Hablamos con la verdad. Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.
