¿Cuándo es el último día para pagar el Aguinaldo 2023?
Te contamos hasta qué día tienen los patrones para pagar el aguinaldo 2023, además de las sanciones que les impondrían por no pagarlo a tiempo.
Si eres trabajador asalariado y cuentas con prestaciones de ley, pero todavía no te han depositado el aguinaldo 2023, aquí te decimos hasta qué día tiene tu patrón o jefe deposite esta prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
De acuerdo con las leyes mexicanas, todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, tienen derecho a cobrar un aguinaldo.
Se trata de una prestación laboral anual que también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la LFT.
¿Cuánto me toca de aguinaldo 2023 si no tengo un año cumplido en mi trabajo?
¿Tiene poco que entraste a trabajar en tu empresa? Aquí te decimos si te toca y cuánto recibirás de aguinaldo de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
¿Cuál es el último día para pagar el aguinaldo 2023?
Los trabajadores deben recibir el pago de su aguinaldo antes del 20 de diciembre, en caso de renunciar antes de esta fecha tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron.
El monto mínimo del pago de aguinaldo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, la parte proporcional.
cabe señalar que el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones, así que el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir lo que corresponde.
¿Cuáles son las sanciones que recibe un patrón que no paga aguinaldo?
Es importante que cada trabajador sepa que tiene un año a partir del 20 de diciembre, en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se le pague de forma incompleta.
Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos, conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa, los trabajadores que no reciban el dinero pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, misma que interpondrá la demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
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