¿Habrá Doble Hoy No Circula este lunes 27 de marzo? Esto es lo que sabemos

La CAMe informó que se mantiene la contingencia ambiental por lo cual se activaría el Doble Hoy No Circula para este lunes 27 de marzo; te contamos cómo aplica.

Actualizado el 27 marzo 2023 10:42hrs 3 minutos de lectura.
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Escrito por: Yael Toribio
Doble Hoy No Circula 27 de marzo 2023
Archivo/adn40

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se mantiene la contingencia ambiental fase I , por lo cual se podría activar el programa Doble Hoy No Circula para este lunes 27 de marzo en la Ciudad de México (CDMX) y en el Estado de México (Edomex), lo cual quiere decir que más vehículos contarán con restricciones para transitar.

Fue mediante un comunicado que la CAMe indicó que se mantuvo la afluencia del sistema de alta presión dentro del centro de la República Mexicana, pues durante la mañana del domingo 26 de marzo se presentó una estabilidad atmosférica viento débil.

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De igual forma, informaron que las condiciones climáticas para el lunes 27 de marzo, seguirán siendo “adversas” para la dispersión de los aires contaminantes, por lo que los valores de ozono continuarán siendo altos.

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¿Qué autos quedan restringidos por el Doble Hoy No Circula del 27 de marzo?

De acuerdo con las autoridades del Valle de México, debido a la contingencia ambiental el programa Hoy No Circula se modificó, lo cual significa que más autos quedarán con restricciones para transitar en la Ciudad de México y el Estado de México.

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Las restricciones quedan de la siguiente manera:

  1. No circulan vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. No circulan vehículos de uso particular con holograma de verificación 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 5, 6 y 8, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  3. No circulan vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado amarillo, terminación de placa 5 y 6.
  4. No circulan unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras. En este caso, les aplica la misma restricción que a los vehículos que porten holograma de verificación 2.
  5. Queda una restricción para la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  6. No circulan vehículos de carga local o federal entre las 6:00 am y las 10:00 am., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o Edomex.
  7. Los taxis con holograma de verificación 1 o 2 que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1) y 2) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 am a las 22:00 horas.

¿Cuáles autos quedan exentos al Doble Hoy No Circula?

Pese a las restricciones que se aplicaron en la CDMX y el Edomex existen algunos vehículos que quedan exentos a este programa, los cuales serán mostrados a continuación.

· Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

· Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).

· Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.

· Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

· Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

· Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

· Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

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