CDMX busca hasta 6 años de prisión por ventas de productos engaño
El diputado de CDMX, Nazario Norberto Sánchez, fue quien presentó una iniciativa para sancionar con 3 a 6 años de prisión a quien venta productos engaño.
Diputados en el Congreso de la Ciudad de México (CDMX) presentaron una iniciativa para sancionar con 3 a 6 años de prisión y multa mil a 2 mil Unidades de Medida y actualización, equivalente a 192 mil 440 pesos a quien fabrique, suministre, ofrezca o venda productos engaño.
El diputado del Grupo Parlamentario de Morena, Nazario Norberto Sánchez, fue quien presentó en la tribuna del congreso capitalino la iniciativa al Código Penal para la Ciudad de México que tiene como fin crear un nuevo tipo penal bajo el numeral 159 Bis, con la sanción antes mencionada.
De acuerdo con el legislador, la reforma tiene como fin sancionar a quien fabrique, suministre, ofrezca o venda productos que indebidamente sean publicitados o promovidos como medicamentos o a los cuales se les atribuyan cualidades o efectos terapéuticos, presentándolos como una solución definitiva de un padecimiento sin que cuenten con el registro sanitario correspondiente.
Esta iniciativa fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia; con opinión de la Comisión de Salud, para su dictaminación.
Nazario Norberto calificó a los comerciantes de estos productos como mercaderes de la muerte, ya que son alentados por empresas fantasmas o promoventes de la mafia del fraude de inversión, que piden a interesados depositarles entre 40 y 50 mil pesos para la venta de estos productos engañosos y posteriormente ellos sigan invitando a más personas a participar en lo que hoy llamamos “Pirámide Ponzi”.
¿Qué son los productos engaño?
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) denomina “Productos engaño”, a aquellos que no presentan evidencia técnico científica de sus propiedades, que se aprovechan de la urgencia y necesidad de las personas y que a la larga causan enfermedades graves a la salud como diabetes, hipertensión, cáncer u obesidad.
La Cofepris indicó que las empresas que comercialicen y publiciten “productos engaño” o cualquier otro producto ilegal a través de páginas y plataformas web, redes sociales, tiendas de auto servicio, distribuidores independientes y medios masivos de comunicación, incumplen lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud.
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