Algunos trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) podrían jubilarse sin completar su último año de servicio. Esto es posible gracias a una regla que permite contar como año completo un periodo superior a seis meses.
Se conoce como la regla de los seis meses y un día y puede ayudar a quienes están cerca de reunir los años necesarios para pensionarse. Sin embargo, también deben cumplir la edad mínima y los requisitos de su régimen de pensión.
¿Cómo funciona la regla de los seis meses y un día del ISSSTE?
El artículo 53 de la Ley del ISSSTE establece que, para otorgar una pensión, cualquier fracción de servicio superior a seis meses cuenta como un año completo. Esta disposición también aparece en el artículo 10 del reglamento del Décimo Transitorio.
Por ejemplo, si tienes 29 años, seis meses y un día de servicio reconocido, podrían contarse como 30 años, sin necesidad de trabajar los meses restantes.
Eso sí, seis meses exactos no bastan. Debes superar ese periodo y tenerlo registrado ante el Instituto.
¿Quiénes pueden jubilarse antes en 2026?
La regla puede beneficiar especialmente a quienes pertenecen al Décimo Transitorio, es decir, trabajadores que cotizaban antes del 1 de abril de 2007 y permanecieron en ese régimen.
Para jubilarse en 2026 necesitan:
- Mujeres: 56 años de edad y 28 años cotizados
- Hombres: 58 años de edad y 30 años cotizados
Estas edades se establecieron mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025.
Así, una mujer con 27 años, seis meses y un día de servicio podría completar los 28 requeridos. Para un hombre, serían 29 años, seis meses y un día.
Si también cumplen la edad y las demás condiciones, pueden recibir una pensión equivalente al 100% del promedio del sueldo básico del último año, con los límites establecidos por la ley.
¿La regla sirve para obtener otras pensiones?
Quienes pertenecen al Décimo Transitorio también pueden solicitar una pensión por edad y tiempo de servicio, siempre que tengan al menos 60 años y 15 años cotizados.
En este caso, el porcentaje que recibirán depende de su antigüedad:
- 14 años, seis meses y un día: cuentan como 15 años, equivalentes al 50% del sueldo básico de referencia
- 24 años, seis meses y un día: cuentan como 25 años, equivalentes al 75%
Además, la regla puede ayudar a completar los 10 años cotizados necesarios para una pensión por cesantía en edad avanzada. Sin embargo, en este régimen también se exige tener 65 años de edad.
¿Qué pasa con quienes cotizan bajo cuentas individuales?
Para quienes tienen una cuenta individual o Afore, los requisitos son diferentes.
La pensión por cesantía en edad avanzada exige 60 años de edad, 25 años cotizados y estar sin empleo. Mientras tanto, para una pensión por vejez se necesitan 65 años y 25 años cotizados.
En ambos casos, el redondeo puede ayudar a completar la antigüedad, pero no reduce la edad mínima ni garantiza una pensión más alta, pues el monto depende del ahorro acumulado.
¿Cómo solicitar la pensión y comprobar la antigüedad?
Antes de pedir tu baja laboral, revisa las Hojas Únicas de Servicios de las dependencias donde trabajaste y consulta tu historial en la Oficina Virtual del ISSSTE (SINAVID).
Si cumples los requisitos para jubilarte por el Décimo Transitorio, acude al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE con:
- Identificación oficial vigente
- Último comprobante de pago
- Estado de cuenta bancario a tu nombre, con CLABE
El trámite es gratuito y el ISSSTE establece un plazo de respuesta de hasta 90 días hábiles. Antes de dejar de trabajar, confirma que todos tus periodos estén reconocidos y consulta si puedes aprovechar esta regla.





