INE niega que persona muriera en balacera en casilla de Coyomeapan en Puebla

Durante la mañana de este 2 de junio se informó sobre una balacera en una casilla de Coyomeapan en Puebla; sin embargo, el INE desmintió dicha información.

Actualizado el 02 junio 2024 18:14hrs 2 minutos de lectura.
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Escrito por: Samuel Aguirre
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Reuters

El Instituto Nacional Electoral (INE) desmintió que una persona haya muerto durante una balacera en la casilla del municipio de Coyomeapan, en Puebla.

El INE informó que si bien la votación en la casilla 307 de Coyomeapan, Puebla, fue suspendida momentáneamente tras hechos de violencia no vinculados a la elección, a las 13 horas con 50 minutos la votación fue reabierta

Inicialmente se informó que alrededor de las 11:00 horas de este 2 de junio cuando se escucharon las detonaciones en una telesecundaria ubicada en dicho municipio poblano.

No obstante varias horas después, el INE indicó que los hechos no ocurrieron en la casilla y que la jornada electoral solo tuvo una pausa.

¿Qué pasó en San Pedro Pochutla, Oaxaca, en las Elecciones en México 2024?

Por otra parte, la Fiscalía de Oaxaca informó que que, en lo que va de la jornada electoral, se han iniciado dos carpetas de investigación en la región de la Costa, una por el delito de amenazas en San Pedro Pochutla y otra por lesiones en Santiago Pinotepa Nacional.

Añadió que se desplegó un operativo en el que participan 1,497 elementos entre la Agencia Estatal de Investigaciones, Agentes del Ministerio Público y Peritos.

¿Cómo se castiga un delito electoral para funcionarios de Puebla?

La Ley General en Materia de Delitos Electorales, establece diversas sanciones para quienes cometan estos delitos, que van desde la destitución e inhabilitación de 2 a 6 años, hasta la multa de 200 a 400 días y prisión de 2 a 9 años.

También establece que se ordenará la prisión preventiva oficiosa tratándose de los delitos electorales que se encuentren relacionados con el uso de programas sociales con fines electorales.

¿Cuáles son los delitos electorales para funcionarios de Puebla?

De acuerdo con las autoridades, las conductas que se consideran delitos electorales cometidos por quienes prestan un servicio público son:

Coaccionar o amenazar a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas, para que voten o se abstengan de votar por un candidato(a), partido político o coalición.

Condicionar cualquier servicio público, trámite o programa gubernamental con fines electorales. Si el programa es de naturaleza social, la pena alcanza hasta 12 años de prisión y la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

Destinar, utilizar, o permitir la utilización de recursos públicos con fines electorales.

Utilizar su horario laboral para fines proselitistas.

Solicitar a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones en dinero o en especie para fines proselitistas.

Abstenerse de entregar o negar, sin causa justificada, la información solicitada por las autoridades electorales.

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