El maltrato animal en Puebla está a punto de enfrentar un castigo mucho más severo. La diputada Elisa Limón Balderrábano ha presentado ante el Congreso del Estado la iniciativa para crear la Ley de Responsabilidad y Reparación del Daño por Maltrato Animal. El núcleo de esta propuesta dice que ya no bastará con una sanción administrativa o penal. Ahora, el responsable tendrá la obligación legal de resarcir el daño físico y emocional causado al ser sintiente, trasladando el costo de la recuperación del Estado o las asociaciones civiles directamente al bolsillo del infractor.
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Proyecto en Puebla: ¿En qué consiste la “Reparación Integral del Daño”?
A diferencia de las leyes actuales, este proyecto de ley pone al animal en el centro. La reparación del daño obliga al maltratador a cubrir de manera obligatoria y solidaria todos los gastos necesarios para que el ejemplar recupere su bienestar.
Según el documento, la reparación incluye:
- Gastos médicos: Pago de consultas veterinarias, medicamentos, cirugías y hospitalización.
- Rehabilitación: Terapias físicas y conductuales para animales con traumas derivados del maltrato.
- Sostenimiento: El agresor deberá pagar la alimentación y el resguardo en refugios mientras el animal se recupera.
- Compensación a terceros: Si una asociación civil o un particular rescató al animal y pagó sus gastos, el responsable deberá reembolsarles cada peso invertido.
¿Qué es el nuevo Registro Estatal de Personas Infractoras?
Uno de los puntos más polémicos y preventivos de la ley es la creación del Registro Estatal de Personas Infractoras por Maltrato Animal. Este será un padrón administrativo que concentrará los nombres de todas las personas que hayan sido sancionadas con una resolución firme.
El objetivo de este “boletín” es:
- Evitar la reincidencia: Impedir que personas con antecedentes de crueldad puedan adoptar o comprar animales nuevamente.
- Vigilancia: Facilitar que las autoridades identifiquen a sujetos peligrosos que podrían escalar su violencia hacia personas.
- Prohibiciones: Los inscritos en el registro podrán enfrentar la prohibición definitiva de tener mascotas o trabajar en áreas relacionadas con el manejo de animales (veterinarias, tiendas de mascotas, adiestramiento).

¿Cómo se determinará la responsabilidad del agresor?
La ley establece que la responsabilidad puede ser directa (quien comete el acto), indirecta (quien ordena el maltrato) o por omisión (dueños que permitan el sufrimiento por descuido). Para fijar el castigo, las autoridades evaluarán la gravedad del daño, la intención del agresor y si existe reincidencia dentro de un periodo de cinco años.
Además, se faculta a las autoridades para dictar medidas provisionales inmediatas, como el decomiso del animal al momento de la denuncia si se detecta un riesgo inminente para su vida, sin tener que esperar a que termine todo el juicio.
Una vez aprobada, el Gobierno del Estado tendrá 90 días para emitir el reglamento y 180 días para poner en marcha el registro de infractores.
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