Aprueban la “Ley Antichancla” en Puebla.
La reforma a la Ley de los Derechos de los Niños prohíbe castigos corporales como medida de corrección de padres a hijos, se conoce como ley Antichancla.
Legisladores de Puebla aprobaron reformas a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes con las que se prohíben castigos corporales como medida de corrección de padres a hijos, dichas reformas se conocen popularmente como “Ley Antichancla”.
La diputada @monica_rdv presentó una Iniciativa, con la finalidad de que las autoridades estatales y municipales, estén obligadas a establecer políticas de fortalecimiento familiar y crianza positiva, para evitar la separación de niñas, niños y adolescentes. pic.twitter.com/3oPaWTVNWZ
— H. Congreso de Puebla (@CongresoPue) March 10, 2022
La iniciativa había sido aprobada en la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez por unanimidad, por lo que fue llevada al pleno por la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, quien expuso la importancia de evitar el maltrato físico y humillante contra los hijos, incluyendo el descuido, trato negligente, explotación laboral y el abuso sexual.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), una cuarta parte de los adultos ha reconocido haber sufrido maltratos físicos en su infancia, lo cual tiene repercusiones en la salud mental.
Cabe mencionar que el castigo corporal es usado como medio de disciplina, y se estima que en México seis de cada 10 infantes de entre uno y 14 años han experimentado un método de disciplina violenta.
Aprueban ‘ley antichancla’: diputados prohíben castigo corporal contra niños
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 446 votos el pasado 10 de diciembre del 2021 a favor la llamada ‘ley Antichancla’ por lo que se prohíbe el el castigo corporal y humillante contra niños y adolescentes como forma de corrección o disciplina.
El dictamen se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales y establece que los niños tienen derecho a recibir educación sin que sean víctimas de castigos de esa índole.
Los padres no podrán dar golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, jalar el cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, comer alimentos hirviendo o cualquier otro acto que cause dolor.
La violencia familiar es considerada en el dictamen como “el uso intencional de la fuerza física, moral o de cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia o humillación, incluyendo el castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes”.
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