La Ley Federal del Trabajo (LFT) garantiza un periodo mínimo de 12 días laborables de vacaciones pagadas tras cumplir el primer año de servicios. Este derecho es irrenunciable y aumenta progresivamente conforme a la antigüedad acumulada.
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¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley en este 2026?
La LFT establece que, a partir del segundo año de servicios, el periodo vacacional aumenta en dos días por cada año trabajado hasta alcanzar los 20 días. Al superar el quinto año de antigüedad, el incremento se realiza en bloques de cinco años.
De acuerdo con el tabulador oficial vigente para 2026, los días se asignan de la siguiente manera:
- 1 año: 12 días.
- 2 años: 14 días.
- 3 años: 16 días.
- 4 años: 18 días.
- 5 años: 20 días.
- 6 a 10 años: 22 días.
- 11 a 15 años: 24 días.
- 16 a 20 años: 26 días.
- 21 a 25 años: 28 días.
- 26 a 30 años: 30 días.
Vacaciones 2026: Reglas de otorgamiento y pago proporcional según la LFT
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 81, obliga al patrón a conceder el periodo vacacional dentro de los seis meses posteriores al cumplimiento del aniversario laboral. Es improcedente sustituir el descanso por una compensación económica si la relación laboral continúa vigente.
Si el vínculo laboral se corta antes de cumplir el año, el artículo 79 de la LFT protege al empleado garantizando el pago de la parte proporcional conforme al tiempo laborado. Este monto debe integrarse obligatoriamente en el finiquito correspondiente.
Las vacaciones 🏖️ son un derecho que asegura a los trabajadores un periodo de descanso con sueldo garantizado. 💵
— STPS México (@STPS_mx) December 16, 2025
✅No puede ser sustituido por ninguna remuneración.
Si tienes dudas sobre este u otros derechos, acércate a la @PROFEDET.
☎️: 079 pic.twitter.com/AIKIL5KGb4
¿Qué hacer si el patrón no respeta tus días de descanso?
La PROFEDET demanda que se respete el derecho al descanso y ofrece asesoría gratuita ante cualquier irregularidad en el conteo de días o en la nómina. Los trabajadores cuentan con un plazo de un año para exigir el cumplimiento de esta prestación ante las instancias legales.
Si enfrentas un conflicto, el personal de la PROFEDET brinda representación jurídica sin costo ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). Para iniciar el proceso, es necesario presentar:
- Identificación oficial.
- Nombre y domicilio de la fuente de trabajo.
- Recibos de nómina (en caso de contar con ellos).
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