El Servicio de Impuestos Internos ( IRS , por sus siglas en inglés) detalla en su sitio web oficial cuáles son las consecuencias de recibir un “Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia” cuando existen deudas tributarias sin resolver. Este documento indica la intención del organismo de embargar bienes del contribuyente (incluidas las cuentas bancarias) para cubrir las obligaciones pendientes.
Workers who receive overtime pay in 2025 may qualify for a new deduction in the upcoming tax filing season. Learn more from the #IRS at: https://t.co/A9JXFDdGoW pic.twitter.com/mmJ3szE0oJ
— IRSnews (@IRSnews) December 11, 2025
Cuando se emite el aviso, el IRS advierte que los fondos del contribuyente y, en algunos casos, los de sus familiares, pueden ser congelados como medida extrema si no se establece contacto con la agencia en el tiempo previsto.
Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos.
Plazos de bloqueo y procedimiento de espera
De acuerdo con el Código de Impuestos Internos (IRC, por sus siglas en inglés), cuando se impone un embargo sobre una cuenta bancaria, el IRS debe esperar 21 días antes de ejecutar la medida. Durante este período, el contribuyente puede comunicarse con la agencia para acordar un plan de pago o reportar posibles errores en el procedimiento.
Según detalla el organismo, esta “temporada de espera” tiene como objetivo permitir que el afectado presente alternativas o aclaraciones antes de que los fondos sean utilizados para cubrir la deuda tributaria.
Los embargos se notifican por correo y se consideran aplicados desde la fecha y hora en que se entregan. A partir de ese momento, las cuentas quedan congeladas de forma automática. Si el contribuyente no resuelve el saldo adeudado dentro del período indicado, los fondos serán destinados a saldar la obligación pendiente.
Impacto en las familias y cuándo puede extenderse la medida
El IRS señala que también puede embargar fondos de cuentas bancarias pertenecientes a familiares cuando el contribuyente figura como signatario. En estos casos, el titular legal de la cuenta debe comunicarse con la agencia utilizando el número indicado en el Formulario 668-A para explicar por qué los fondos le pertenecen y no forman parte de los activos del deudor.
El organismo insiste en la importancia de responder de inmediato al aviso final, ya que este documento es la última notificación previa a la ejecución del embargo. Solo mediante contacto oportuno con el IRS puede evitarse la inmovilización de cuentas o corregirse errores que pudieran afectar a terceros vinculados.
adn Noticias. Te Hablamos con la verdad. Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.
