Durante 2026, miles de usuarios se preguntan cómo operan los controles fiscales en México y qué vigila la autoridad. Este tema cobra relevancia ante el SAT con los depósitos en efectivo 2026 y el dinero que puedes ingresa al banco sin generar revisiones ni procesos fiscales adicionales.
Con reglas claras y reportes automáticos, el sistema bancario busca prevenir irregularidades sin afectar a contribuyentes formales. Conocer los montos permitidos, las obligaciones vigentes y los criterios de revisión ayuda a tomar decisiones informadas y evitar contratiempos ante la autoridad tributaria federal mexicana en 2026.
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¿Cuánto dinero puedes ingresar al banco sin alertar al SAT?
El límite mensual que no genera alertas fiscales se mantiene en 15 mil pesos por institución bancaria. Mientras los depósitos acumulados no superen ese monto, el SAT no exige aclaraciones ni considera esos recursos como ingresos sujetos a impuestos federales.
Este umbral aplica cuando los movimientos ocurren dentro del mismo mes y en el mismo banco. La autoridad fiscal revisa congruencia entre depósitos, actividad económica registrada y declaraciones previas del contribuyente para efectos de control tributario nacional vigente en 2026.
Resulta clave entender que no existe un impuesto automático por recibir efectivo. El enfoque del SAT se centra en detectar ingresos atípicos o inconsistentes con el perfil fiscal declarado por cada persona física o moral registrada ante autoridad hacendaria mexicana.

¿Qué ocurre si se rebasa el tope bancario en efectivo?
Al rebasar el tope mensual , los bancos envían reportes obligatorios a la autoridad fiscal. A partir de ese aviso, el SAT puede iniciar una revisión para solicitar información que respalde el origen lícito de los recursos depositados en cuentas bancarias.
- Solicitud de comprobantes fiscales o contratos
- Revisión de declaraciones previas
- Evaluación de actividad económica registrada
- Determinación de posibles ingresos omitidos
Si el contribuyente no acredita la procedencia del efectivo, la autoridad puede determinar ingresos omitidos. Esa resolución deriva en cobros de impuestos, multas y recargos, aunque la presentación de pruebas válidas evita sanciones y cierres de procedimientos fiscales innecesarios posteriores.
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